Se ha publicado, en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Sala Plena Nº 003-2023-SUNAFIL/TFL, mediante el cual el Tribunal de Fiscalización Laboral ha emitido un nuevo precedente administrativo respecto al trabajo en sobretiempo en contratos a tiempo parcial.
El precedente establece lo siguiente:
- No existe una prohibición legal para la realización de labores en sobretiempo en una relación de trabajo a tiempo parcial. Sin embargo, se puede desnaturalizar dicha jornada si existe un uso ordinario y normalizado de las horas extras.
- El trabajo en sobretiempo en una jornada a tiempo parcial solo debe darse de manera excepcional. Caso contrario, se considerará que hay fraude a la ley, pues el empleador se habría válido de un contrato a tiempo parcial para contratar a un trabajador con beneficios sociales reducidos.
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