Mediante Decreto Supremo N° 003-2026-SA, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 30102, Ley que dispone medidas preventivas contra los efectos nocivos para la salud por la exposición prolongada a la radiación solar.
Al respecto, en materia laboral, se dispone que para efectos de la interpretación correspondiente se debe distinguir el grado de exposición a la Radiación Ultravioleta solar (en adelante, “RUV solar”) de los trabajadores:

En ese sentido, se establecen las siguientes obligaciones específicas para las entidades empleadoras con trabajadores que ejecutan sus labores con exposición prolongada a radiación solar:

Finalmente, el artículo 14° dispone que la Autoridad Inspectiva de Trabajo es la encargada de realizar la fiscalización respectiva sobre la implementación del Programa anual de seguridad y salud en el trabajo respecto a: (i) las actividades de prevención y protección por riesgos causados por exposición prolongada a RUV solar; (ii) la verificación de las capacitaciones brindadas para la prevención del riesgo; (iii) así como el cumplimiento de entrega de los EPPs.
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