Hoy, 8 de julio de 2026, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 32721, Ley que garantiza el derecho al descanso sentado y alternancia de la postura en los centros de trabajo, cuyo objetivo es proteger la salud de los trabajadores que permanecen de pie durante periodos prolongados de la jornada laboral.
La norma establece nuevas obligaciones para los empleadores, orientadas a promover la alternancia entre las posturas de pie y sentado cuando la naturaleza de las funciones lo permita, incorporando criterios de ergonomía y prevención de riesgos laborales.

Finalmente, la ley dispone que el Poder Ejecutivo apruebe su reglamento en un plazo máximo de 180 días calendario desde su entrada en vigencia. Asimismo, las empresas contarán con 360 días calendario para adecuar sus Reglamentos Internos de Seguridad y Salud en el Trabajo a las nuevas disposiciones.
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