Mediante la Resolución de Sala Plena N.º 002-2023-SUNAFIL/TFL, el Tribunal de Fiscalización Laboral de la SUNAFIL ha establecido nuevo precedente administrativo sobre las medidas disciplinarias y la dignidad en el trabajo.
Al respecto, la SUNAFIL ha advertido la existencia de imposición de sanciones disciplinarias, distintas al despido, en los que no hubo procedimiento previo en el que se analice la responsabilidad del trabajador.
En atención a ello, se establece la existencia de actos de hostilidad cuando se desplieguen medidas disciplinarias contra trabajadores sin haberse seguido un procedimiento que cumpla con los derechos fundamentales a la defensa, al debido proceso o a la prueba.
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