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Restringen ingreso a Perú de ciudadanos extranjeros

Congreso promulga ley que restringe ingreso a Perú de ciudadanos extranjeros y establece obligaciones para el arrendador de inmuebles a ciudadanos extranjeros

Se ha publicado en el Diario El Peruano la Ley N° 31689, mediante la cual se modifican los artículos 10°, 45° 61° y 63° del Decreto Legislativo de Migraciones, Ley N° 1350.

Las disposiciones implementadas mediante la Ley N° 31689 son las siguientes:

Deberes de los extranjeros: Respetar el marco normativo vigente, principalmente en los relacionado al legado histórico y cultural del Perú, al orden público, orden interno, seguridad nacional, seguridad ciudadana y las disposiciones sanitarias y ambientales.

Limitación para ingreso al país: Se podrá limitar el ingreso al país de los ciudadanos extranjeros por motivos de seguridad nacional, salud pública, orden interno, orden público y seguridad ciudadana.

Obligaciones de los servicios de hospedaje: Los arrendadores de inmuebles deben exigir la presentación de un documento que acredite la situación migratoria regular del extranjero con quien suscriba contrato de arrendamiento y de los otros extranjeros que habiten y formen parte del grupo arrendador en el mismo inmueble.

El arrendador debe informar a la Superintendencia Nacional de Migraciones sobre el arrendamiento.

De las conductas infractoras y las sanciones para el titular del hospedaje: Serán sancionadas con multa las siguientes conductas:

– Brindar alojamiento a ciudadanos extranjeros sin registrar la nacionalidad, fecha de nacimiento, nombres y apellidos completos y el número de documento de identidad.
– No registrar ante la Superintendencia Nacional de Migraciones la información señalada en el apartado precedente.

 

 

 

Este contenido se ha preparado con fines únicamente informativos.
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