Aprueban los Términos de Referencia para la elaboración del Informe Ambiental Anual de las Actividades Eléctricas.
El 11 de agosto de 2022 fue publicada, en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución Ministerial N° 285-2022-MINEM/DM, mediante la cual se determina aprobar los Términos de Referencia para la elaboración del Informe Ambiental Anual de las Actividades Eléctricas.
A través de la citada norma, se establece que el Informe Ambiental Anual de las Actividades Eléctricas se presentará por cada unidad fiscalizable o por conjunto de unidades fiscalizables del mismo titular, correspondiente al ejercicio anterior.
Cabe recordar que, conforme al Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2019-EM, el Informe Ambiental Anual de las Actividades Eléctricas deberá ser presentado hasta el 31 de marzo de cada año.
Asimismo, en línea con los Términos de Referencia aprobados, en el Informe Ambiental Anual se deberá completar, entre otros, información sobre (i) la actividad eléctrica; (ii) el programa de monitoreo; (iii) el consumo de insumos, recursos, generación de residuos sólidos y otros; y, (iv) el cumplimiento de obligaciones y los compromisos ambientales aprobados en el Estudio de Impacto Ambiental e Instrumento de Gestión Ambiental.
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