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Alertas jurídicas

Area: Recursos Naturales: Energía e Hidrocarburos

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Se publican normas relevantes en el sector energía

El día 30 de noviembre de 2023, se publicaron en el diario oficial “El Peruano” las siguientes normas relevantes en el sector de energía:

  • Modifican el Procedimiento Técnico del COES N° 13 “Cálculo de la Energía Firme, Verificación anual de la cobertura de la Energía Comprometida y Balance mensual de la potencia comprometida” (PR-13) (Resolución N° 210-2023-OS/CD)

Mediante la Resolución en mención se modifica el numeral 6.2.4 del Procedimiento Técnico del COES N° 13 “Cálculo de la Energía Firme, Verificación anual de la cobertura de la Energía Comprometida y Balance mensual de la potencia comprometida”, aprobado con Resolución N° 230-2022-OS/CD (en adelante, “PR-13”).

Al respecto, cabe indicar que la presente modificación surge a raíz de que el COES identificó un error en la definición del Factor de Carga, contenida en el PR-13, motivo por el cual presentó una propuesta de modificación del PR-13. En ese sentido, la presente Resolución modifica el segundo párrafo del numeral 6.2.4 del PR-13 sobre la definición del “factor de carga”, el cual queda redactado de la siguiente forma:

6.2.4.

(…)

Se entiende como factor de carga a la división de la potencia promedio del consumo entre la máxima potencia consumida, ambos valores correspondientes a los periodos especificados en el Anexo B del presente procedimiento

(…)”

Asimismo, la presente Resolución dispone la publicación del Informe Técnico N° 790-2023-GRT y del Informe Legal N° 792-2023-GRT de la Gerencia de Regulación en el portal web de Osinergmin.

 

  • Aprueban el plazo necesario para la interconexión al SEIN y los valores máximos del Costo Medio Anual de los proyectos candidatos para el proceso de reasignación (Resolución N° 211-2023-OS/CD)

Mediante la Resolución en mención se aprueba el plazo necesario para la interconexión al SEIN y los valores máximos del Costo Medio Anual, con los costos de inversión y los costos de operación y mantenimiento desagregados, para cada grupo y cada uno de los proyectos candidatos para los procesos de reasignación a través del mecanismo de manifestación de interés, aprobados por Resolución Directoral N° 0040-2022-MINEM/DGE, y conforme con lo establecido en el  Anexo de la presente Resolución.

Finalmente, la Resolución dispone, también, la publicación de los Informes N° 783-2023-GRT y N° 784-2023-GRT en el portal web de Osinergmin.

 

  • Aprueban el Factor de Incentivo al que se refiere el artículo 9.3 del Reglamento del Mercado Mayorista de Electricidad (Resolución N° 212-2023-OS/CD)

Mediante la Resolución en mención se establece la fórmula del Factor de Incentivo a que se refiere el artículo 9.3 del Reglamento del Mercado Mayorista de Electricidad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 026-2016-EM, a causa de que el Factor de Incentivo vigente no reconoce los Costos por las Inflexibilidades Operativas. En consecuencia, la presente Resolución modifica el referido Factor a fin incorporar la porción adicional correspondiente para las transacciones que se realicen a partir de la entrada en vigencia de la Resolución bajo comentario.

Asimismo, la Resolución establece las siguientes disposiciones:

    • En caso sea necesaria y a solicitud de parte, la fórmula del Factor de Incentivo será evaluada y modificada mediante resolución de Consejo Directivo en el mes de noviembre cada dos (2) años. En efecto, los interesados podrán remitir su propuesta debidamente sustentada en el mes de setiembre del año de vencimiento de la vigencia, y, en caso no se modifique el referido el Factor de Incentivo, éste regirá por el periodo siguiente de dos (2) años.
    • Se deroga el artículo 3 de la norma “Modifican Procedimiento Técnico del COES Nº 10, aprobado mediante Resolución Nº 187-2017-OS-CD y el Glosario de Abreviaturas y Definiciones, aprobado mediante R.M. Nº 143-2001-EM-VME”, aprobada por Resolución N° 090-2019-OS/CD.
    • Se establece que el COES deberá informar a la División de Supervisión de Electricidad de la Gerencia de Supervisión de Energía de Osinergmin, en el mes de enero de 2024, las siguientes acciones:  (i) los retiros no autorizados en el Mercado de Corto Plazo efectuados entre abril de 2018 y diciembre de 2023; (ii) las disposiciones que COES haya realizado a los titulares de las redes para la desconexión de los Grandes Usuarios y Usuarios Libres de los Distribuidores; y (iii) el cumplimiento efectuado por los titulares de las redes de las disposiciones del COES.
    • Se dispone la publicación del Informe Técnico N° 793-2023-GRT y del Informe Legal N° 794-2023-GRT en el portal web de Osinergmin.

Finalmente, la presente Resolución entrará en vigencia a partir del 01 de diciembre de 2023.