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Alertas jurídicas

Area: Recursos Naturales: Energía e Hidrocarburos

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Normas relevantes del sector

El jueves 30 de diciembre de 2021 se publicaron en el diario oficial «El Peruano» las siguientes normas relevantes en el sector de energía: 1. Fijan nuevas Bandas de Precios de combustibles derivados del petróleo correspondiente a Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado y a Petróleo Industrial 6 utilizado en Generación Eléctrica en Sistemas Aislados, así como los Márgenes Comerciales (Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas No. 104-2021-OS/GRT) La Resolución bajo comentario fija el Margen Comercial del GLP destinado para envasado (en adelante, “GLP-E”) y el Petróleo Industrial No. 6 utilizado en Generación Eléctrica en Sistemas Aislados (en adelante, “PIN 6 GGEE SEA”). Asimismo, la Resolución dispone la publicación de la Banda de Precios para el Petróleo Industrial 6 y el GLP-E, según lo siguiente:                                                   Notas:1. Los valores se expresan en Soles por Galón para el PIN 6 GGEE SEA y en Soles por Kilogramo para el GLP-E.2. LS = Límite Superior de la Banda.3. LI = Límite Inferior de la Banda.4. PIN 6 GGEE SEA: Petróleo Industrial 6 utilizado en generación eléctrica en sistemas eléctricos aislados.5. Las Bandas para los GGEE SEA están referenciadas a la Planta de Callao (Lima), de acuerdo con lo señalado en el Informe de sustento.6. GLP-E: Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado. El Margen Comercial y la Banda de Precios aprobados estarán vigentes a partir del viernes 31 de diciembre de 2021 hasta el 27 de enero de 2022 para el GLP-E. Mientras que para el PIN 6 GGEE SEA estarán vigentes a partir del viernes 31 de diciembre de 2021 hasta el 24 de febrero de 2022.2. Publican para comentarios “Procedimiento para Habilitación y Mantenimiento de las Instalaciones Internas de gas natural de Consumidores Directos y Usuarios de GNC o GNL” (Resolución de Consejo Directivo No. 257-2021-OS/GRT)  Mediante la presente Resolución se autoriza la publicación para comentarios del proyecto de “Procedimiento para Habilitación y Mantenimiento de las Instalaciones Internas de gas natural de Consumidores Directos y Usuarios de GNC o GNL” (en adelante, “Procedimiento”). La referida Resolución otorga un plazo de 30 días calendario, contados a partir del día hábil siguiente de su publicación, a fin de que las personas interesadas remitan sus comentarios o sugerencias, sobre el referido Proyecto, vía la ventanilla electrónica: https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected]. La recepción de los comentarios estará a cargo del Sr. Jim Gastelo Flores. Finalmente, se dispone que la División de Supervisión Regional de la Gerencia de Supervisión de Energía es la encargada de la recepción y análisis de los comentarios y/o sugerencias que se formulen al Proyecto, así como la presentación de la propuesta final al Consejo Directivo de Osinergmin.