El jueves 30 de diciembre de 2021 se publicaron en el diario oficial «El Peruano» las siguientes normas relevantes en el sector de energía:https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected]. La recepción de los comentarios estará a cargo del Sr. Jim Gastelo Flores. Finalmente, se dispone que la División de Supervisión Regional de la Gerencia de Supervisión de Energía es la encargada de la recepción y análisis de los comentarios y/o sugerencias que se formulen al Proyecto, así como la presentación de la propuesta final al Consejo Directivo de Osinergmin.
1. Fijan nuevas Bandas de Precios de combustibles derivados del petróleo correspondiente a Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado y a Petróleo Industrial 6 utilizado en Generación Eléctrica en Sistemas Aislados, así como los Márgenes Comerciales (Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas No. 104-2021-OS/GRT) La Resolución bajo comentario fija el Margen Comercial del GLP destinado para envasado (en adelante, “GLP-E”) y el Petróleo Industrial No. 6 utilizado en Generación Eléctrica en Sistemas Aislados (en adelante, “PIN 6 GGEE SEA”). Asimismo, la Resolución dispone la publicación de la Banda de Precios para el Petróleo Industrial 6 y el GLP-E, según lo siguiente: Notas: 1. Los valores se expresan en Soles por Galón para el PIN 6 GGEE SEA y en Soles por Kilogramo para el GLP-E. 2. LS = Límite Superior de la Banda. 3. LI = Límite Inferior de la Banda. 4. PIN 6 GGEE SEA: Petróleo Industrial 6 utilizado en generación eléctrica en sistemas eléctricos aislados. 5. Las Bandas para los GGEE SEA están referenciadas a la Planta de Callao (Lima), de acuerdo con lo señalado en el Informe de sustento. 6. GLP-E: Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado. El Margen Comercial y la Banda de Precios aprobados estarán vigentes a partir del viernes 31 de diciembre de 2021 hasta el 27 de enero de 2022 para el GLP-E. Mientras que para el PIN 6 GGEE SEA estarán vigentes a partir del viernes 31 de diciembre de 2021 hasta el 24 de febrero de 2022. 2. Publican para comentarios “Procedimiento para Habilitación y Mantenimiento de las Instalaciones Internas de gas natural de Consumidores Directos y Usuarios de GNC o GNL” (Resolución de Consejo Directivo No. 257-2021-OS/GRT) Mediante la presente Resolución se autoriza la publicación para comentarios del proyecto de “Procedimiento para Habilitación y Mantenimiento de las Instalaciones Internas de gas natural de Consumidores Directos y Usuarios de GNC o GNL” (en adelante, “Procedimiento”). La referida Resolución otorga un plazo de 30 días calendario, contados a partir del día hábil siguiente de su publicación, a fin de que las personas interesadas remitan sus comentarios o sugerencias, sobre el referido Proyecto, vía la ventanilla electrónica: