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Alertas jurídicas

Área: Recursos Naturales: Energía e Hidrocarburos

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Se aprueba la “Ley que promueve la generación eléctrica de origen nuclear y la instalación de reactores modulares pequeños (SMR)”

El 22 de marzo de 2026, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Ley No. 32560, Ley que promueve la generación eléctrica de origen nuclear y la instalación de reactores modulares pequeños (SMR) en el país, con el objetivo de diversificar la matriz energética y fomentar un desarrollo energético sostenible.

A continuación, se detallan sus principales disposiciones:

1. Objeto de la ley: Se promueve la generación eléctrica nuclear con fines pacíficos, seguros y sostenibles, así como la implementación de SMR, incluyendo el aprovechamiento de recursos de uranio en el territorio nacional.

2. Coordinación interinstitucional: El Ministerio de Energía y Minas (MINEM), el Ministerio del Ambiente (MINAM) y el Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN) deberán coordinar la evaluación de viabilidad de los SMR en los departamentos donde sea factible, y respetando las normas ambientales y de seguridad nuclear vigentes.
3. Participación ciudadana: Los proyectos de SMR deberán incorporar mecanismos de participación ciudadana en todas sus fases, conforme al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

4. Instrumento de Gestión Ambiental o Certificación ambiental: La exigencia de certificación ambiental para los proyectos de generación eléctrica de origen nuclear se definirá en el marco del Listado de Inclusión de Proyectos de Inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

5. Promoción de inversión privada: Se fomenta la participación del sector privado bajo un régimen de libre competencia en el desarrollo de proyectos nucleares.

6. Desarrollo normativo: El Poder Ejecutivo deberá emitir normas complementarias necesarias para viabilizar la implementación de la energía nuclear en el país. Asimismo, en un plazo de 180 días hábiles contados desde la entrada en vigor de la presente norma, el MINEM propondrá la modificación del listado del SEIA para incluir proyectos de generación eléctrica de origen nuclear.

7. Modificación normativa: Se modifica el artículo 5 del Decreto Ley No. 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, estableciendo que la generación eléctrica de origen nuclear se rige por la Ley 28028, Ley de regulación del uso de fuentes de radiación ionizante, y su reglamento.

Revisa la norma completa aquí.

Para más información contáctanos a [email protected]

 

Franklin Acevedo

Franklin Acevedo

Consultor

Annie Mijahuanga

Asociada Junior