Hoy fue publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución Directoral No. 0201-2024-MINEM/DGM («Norma») a través de la cual se precisa el plazo de presentación de la Declaración Anual Consolidada («DAC») correspondiente al año 2023.
En esa línea, la Norma indica que el plazo de presentación de la DAC vencerá de acuerdo con el siguiente cronograma, teniendo en cuenta el último dígito del número de Registro Único de Contribuyentes (“RUC”) de los titulares mineros:
Último Dígito del RUC | Fecha de vencimiento |
Titulares sin RUC | 5 de julio de 2024 |
0-1 | 8 de julio de 2024 |
2-3 | 9 de julio de 2024 |
4-5 | 10 de julio de 2024 |
6-7 | 11 de julio de 2024 |
8-9 | 12 de julio de 2024 |
A fin de cumplir correctamente con la mencionada obligación, se deberá tener en cuenta el Anexo I de la Norma, el cual contiene instrucciones para la presentación de la DAC por el ejercicio anterior. Del mismo modo, recomendamos revisar el Anexo II de la Norma a efectos de confirmar qué titulares mineros están obligados a cumplir con la presentación de la DAC en esta oportunidad.
Finalmente, precisamos que, la no presentación de la DAC por los titulares mineros que sí se encuentran obligados a cumplir con ello dará lugar al inicio de un procedimiento administrativo sancionador, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General No. 27444, aprobado por Decreto Supremo No. 004-2019-JUS, y con la Resolución Ministerial No. 483-2018-MEM-DM.