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Alertas jurídicas

Area: Asociaciones Público Privadas

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Delegan al Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materias de proyectos de inversión privada bajo la modalidad de Asociación Público Privadas (APP) y Proyectos en Activos (PA)

Propósito
La Ley Nº 32089 tiene como objetivo delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en diversas áreas clave, incluyendo la reactivación económica, simplificación y calidad regulatoria, actividad empresarial del Estado, seguridad ciudadana y defensa nacional. Esta delegación se otorga por un plazo de noventa días calendario, con el fin de implementar medidas que promuevan el desarrollo y crecimiento del país de manera eficiente y sostenible. Esta nota se enfocará específicamente en las afectaciones en materia de proyectos de inversión privada.

Alcance de la norma
En materia de inversión privada, la norma es aplicable a los proyectos de Asociaciones Público Privadas (APP) y Proyectos en Activos (PA) promovidos por iniciativa estatal o iniciativa privada, de competencia de todos los niveles de gobierno, que se encuentren actualmente en trámite o que sean promovidos durante el plazo de los noventa días calendario.

Disposiciones relevantes

Sobre la mejora y fortalecimiento de la Inversión Privada:

El Poder Ejecutivo podrá legislar medidas de impulso para avanzar en proyectos de inversión pública, privada y público-privada, optimizando plazos, requisitos y procedimientos de evaluación para la obtención de títulos habilitantes y otros requerimientos.

Las medidas de impulso buscarán promoverse conforme a lo siguiente:

  • La estandarización y la simplificación administrativa, así como optimizar los plazos, requisitos y procedimientos de evaluación para la obtención de títulos habilitantes y demás requerimientos de cualquier naturaleza.
  • Se tendrá como objetivo optimizar plazos vinculados al seguimiento de proyectos.
  • Mejorar en la planificación, adquisición, expropiación y saneamiento de terrenos y liberación de interferencias, a través de la incorporación de programas de resarcimiento complementario para mitigar los aspectos sociales.
  • Se debe buscar el aprovechamiento de la plusvalía inmobiliaria, ello incluye, pero no se limita a: realizar la adquisición y expropiación de predios en bloque; la habilitación para realizar procedimientos de prescripción adquisitiva de dominio en áreas de uso público; así como otras medidas de optimización y mejora de procesos y plazos.
  • Asegurar que se garantice la seguridad y estabilidad jurídica para el fomento de la inversión privada.

Sobre las medidas de simplificación y mejora de los procesos de promoción de la inversión de proyectos (APP/PA):
La norma establece que se realizaran medidas con el objetivo de simplificar y
mejorar los procesos de promoción de la inversión que impulsen el desarrollo de proyectos bajo las modalidades de Asociaciones Público Privadas (APP) y
Proyectos en Activos (PA) en sus diferentes fases, con la finalidad de promover las inversiones desarrolladas en el marco del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada.

Estas medidas comprenden los siguientes temas:

  • Fortalecer rol de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada
    (PROINVERSIÓN), durante las fases del desarrollo de las APP, comprendiendo, pero sin limitarse, a la emisión de opinión sobre aspectos de ejecución contractual o frente a controversias, constituirse en sujeto activo para la tramitación de los procesos de adquisición y expropiación de terrenos, así como para la liberación de interferencias y otras que resulten necesarias para optimizar su participación.
  • Regular medidas de mejora y simplificación de procesos y competencias para asegurar la oportuna adjudicación, desarrollo y ejecución de proyectos.
  • Incorporar disposiciones para la implementación del modelo de gestión integral de proyectos a través de los Órganos Especializados para la Gestión y Ejecución de Proyectos (OEGEP), así como medidas complementarias para garantizar y promover su adecuado funcionamiento y operativización.