El día de hoy, 06 de diciembre del 2023, se publicó la Ley N° 31953, la cual, entre otros, aprueba las siguientes disposiciones en relación a los proyectos priorizados incorporados en el Plan Nacional de Infraestructura Sostenible para la Competitividad (PNISC):
- Se exonera la obligación de obtener los permisos y/o autorizaciones municipales para el desarrollo de los proyectos priorizados incorporados PNISC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 242-2022-EF o la norma que la actualice, relacionados a infraestructura de transporte y movilidad urbana en Lima y Callao.
- Para efectos informativos, los concesionarios y/o contratistas comunicarán el cronograma y/o plan de desvíos respectivo a los gobiernos locales.
- Para la restitución o reposición de superficie de las vías intervenidas por las obras ejecutadas, los concesionarios y/o contratistas deberán aplicar la sección y/o geometría vial existente. Igualmente, en caso corresponda, deben efectuar las mejoras necesarias para la seguridad vial de los peatones y conductores. Los trabajos de restitución de superficie que se encuentren en ejecución con la sección vial normativa deberán culminarse aplicando dicha sección, según lo aprobado.
- Corresponderá a las entidades supervisoras y fiscalizadoras u organismos reguladores la verificación y supervisión del cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales y/o técnicas por parte de los concesionarios y/ o contratistas, en el marco de sus competencias.