«En estos casos, se impone una multa por cada trabajador afectado. Para el caso de las mypes, la multa oscila entre 0.23 UIT y 0.68 UIT, mientras que para las empresas medianas o grandes, la sanción monetaria fluctúa entre 2.63 UIT y 52.53 UIT.»
André Cossio, Asociado de Rubio Leguía Normand
Nuestro Asociado Principal del Área Laboral, André Cossio, comentan en diario Gestión, acerca del registro de trabajadores en la planilla electrónica.
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