«La nulidad obviamente es una sanción mayor: el contrato nunca existió. La ineficacia hace que el contrato subsista, pero para que surta efectos tiene que firmar la parte que no firmó»
Franco Soria, socio de Rubio Leguía Normand
Nuestra socio del área Inmobiliaria, Franco Soria, comenta en Semana Económica, acerca del reciente pleno casatorio de la Corte Suprema que puso punto final a una discusión entre jueces a nivel nacional sobre la transferencia de bienes de cónyuges.
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