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Rubio en los medios

Diario Gestión

Los riesgos financieros asociados a la potencial adquisición de Messi

2020-09-04

Así como un inversionista audita al objetivo o target que desea adquirir, el club que desee tener en sus filas a “La Pulga” deberá considerar en su auditoria, usualmente llamada en el mundo corporativo como due diligence (por su nombre en inglés), al menos 3 temas legales vitales en esta potencial transacción de enormes magnitudes para el llamado “deporte rey”, a fin de identificar, calificar y cuantificar los riesgos asociados.

La cláusula de resolución de su contrato con el Barza

En noviembre de 2017, Lionel Messi y FC Barcelona acordaron renovar la relación entre ambos hasta el año 2020, renovable hasta el 2021. Dicho contrato regulaba un salario anual para el argentino de 70 millones de euros. Sin duda, un contrato de hasta 4 años de ejecución conlleva diversos riesgos. Uno de esos riesgos es que, por ejemplo, en el segundo año de contrato aparezca un club interesado en contar con los servicios de Lionel. Para ello y considerando únicamente el tema financiero, bastaría que dicho club le ofrezca un salario mayor para que despierte el interés de Messi. Frente a ello y como es usual en este tipo de contratos, FC Barcelona incluyó una cláusula de resolución contractual, la cual estipula que si se desea concluir con el contrato antes del fin de su periodo de vigencia, el club español recibiría la suma de 700 millones de euros.

Considerando que el valor de Messi es de 112 millones de euros (según Transfermarkt), cerrar

una transacción pagando la cláusula de resolución es un escenario muy improbable, no solo por el elevado valor (+700 millones de euros) sino por el tiempo que queda de contrato (1 año). Hoy existe una discusión en si aplica o no la cláusula de resolución. Los cambios en el calendario de la liga a causa de la pandemia enriquecen la discusión. En todos los casos, quien considere contratar a Messi asumiendo que no existe cláusula de resolución comprará no solo al jugador argentino sino también a la contingencia asociada.

El Fair Play Financiero (FPF)

A partir del 2011, los equipos que clasifiquen a competiciones UEFA (Champions League y Europa League) se encuentra sujetos al FPF y, por tanto, tienen un límite de gasto, esto es, dichos equipos no podrán realizar gastos que excedan el equivalente a la suma de sus ingresos como club más 100 millones de euros. Las sanciones para el que incumpla este límite van desde la amonestación hasta la perdida de títulos, siendo la más recurrente la sanción económica. Clubes sancionados por este tema existen varios, de los más conocidos, Manchester City y PSG, casualmente, ambos interesados en contar con Lionel.

Por la envergadura de la transacción, el universo de potenciales adquirentes se limita a clubes sujetos a regulación FPF y, consecuentemente, el universo se reduce más aún. Ahora bien, adquirir los servicios de Messi es adquirir también una obligación de ingresos mínimos. No llegar a esos ingresos mínimos gatillaría severas sanciones que harían pensar dos veces si la contratación del argentino es un buen negocio.

El pago diferido

Recientemente han surgido noticias sobre la amortización como mecanismo de salida para pasar la valla del FPF. El experto en finanzas, Kieran Maguire declaró para el portal The Athletic que, sobre la base de un valor de 160 millones de euros y un contrato a 5 años, mediante cuotas anuales, el Manchester City estaría en condiciones de llegar a un acuerdo con el Barza, contratar a Messi y cumplir con la regulación FPF. Sin embargo, estas transacciones con pagos diferidos suelen venir acompañadas de penalidades y aceleración de vencimientos en casos de incumplimiento para el club adquirente. Así, frente a un escenario no tan improbable, por la edad del futbolista, como lo puede ser una lesión o una disminución de rendimiento, se podrían presentar escenarios nefastos para el club contratante en términos económicos y de competición.

Artículo originalmente publicado en el Diario Gestión.

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