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RLN

Suspensión del cobro de peajes es inconstitucional

2020-05-09

Sin perjuicio de un posterior análisis sobre la inconstitucionalidad esta ley, desde el Área de Derecho Administrativo de Rubio, Leguía, Normand expresamos nuestra preocupación toda vez que es un duro golpe a la seguridad jurídica y a la promoción de la inversión privada en infraestructura del país.

 

El  9 de mayo se publicó la Ley que Suspende el Cobro de los Peajes en la red nacional, departamental y local concesionada, durante el estado de emergencia sanitaria declarado a causa del brote del por el COVID 19.

El proyecto de esta ley fue observada por el Poder Ejecutivo, quien en una larga misiva explicaba que esta medida resulta inconstitucional, considerando que vulnera el artículo 62° de la Constitución. Sin perjuicio de un posterior análisis sobre la inconstitucionalidad esta ley, desde el Área de Derecho Administrativo de Rubio, Leguía, Normand expresamos nuestra preocupación toda vez que es un duro golpe a la seguridad jurídica y a la promoción de la inversión privada en infraestructura del país.

  • Perú tiene una significativa brecha de infraestructura y servicios públicos, prueba de ello es que el índice de mortandad ocasionado por el COVID 19 es uno de los más altos de la región, porque no contamos con hospitales y equipamiento médico suficiente, así como servicios de saneamiento en todo el país que permitan las medidas de higiene que se requiere para disminuir el contagio del COVID 19.
  • Las asociaciones público privadas en general, y los contratos de concesión en particular, constituyen el mejor mecanismo para el desarrollo de infraestructura pública y servicios públicos, ampliamente reconocido a nivel mundial y declarado de interés nacional por el Decreto Legislativo N° 1362.
  • Los contratos de concesión no pueden ser modificados por ley y, en caso que eso suceda, el Perú puede ser denunciado ante un tribunal arbitral internacional, lo que ocasionaría el pago de reparaciones económicas. En adición a ello, y mucho más grave aún,  es que este hecho desincentiva que inversionistas serios quieran participar en proyectos de infraestructura y servicios públicos en nuestro país.
  • Otra consecuencia inmediata es que el peaje sirve para que los concesionarios de carreteras autofinanciadas puedan realizar labores de conservación y mantenimiento de las vías, lo cual ahora no será posible, en perjuicio de los usuarios.

Esperamos que, conforme a lo señalado por la Ministra de Economía y Finanzas en el mensaje presidencial del 8 de mayo, se interponga una demanda de inconstitucionalidad contra dicha Ley, para defender la seguridad jurídica y la promoción de la inversión privada en el país, que tanta falta nos hace.

Milagros Mendoza