El día 14 de diciembre, se publicó en el diario oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo N° 029-2020-EM, mediante el cual se encarga a la Empresa Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A. (en adelante, “PETROPERÚ”) la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste (“Concesión”), que comprende la operación y mantenimiento del Sistema de Distribución de la referida Concesión y la prestación del servicio público de distribución de gas natural en las regiones de Arequipa, Moquegua y Tacna. Los recursos requeridos para la ejecución del encargo especial serán dispuestos por el Ministerio de Energía y Minas (en adelante “MINEM”).
El encargo será otorgado por el plazo máximo de tres (03) años, desde la vigencia de la caducidad de la Concesión declarado por la Resolución Suprema N° 009-2020-EM.
Además, PETROPERÚ recibirá del ex Concesionario, los Bienes de la Concesión contenidos en el inventario para la continuidad del servicio público de distribución de gas natural en el área de la Concesión.
De igual manera, se delega a PETROPERÚ la función de celebrar, a título propio, las cesiones de posición contractual de los contratos para la provisión y/o adquisición de bienes y servicios suscritos por el ex Concesionario, así como la tramitación ante las entidades administrativas de las autorizaciones y permisos correspondientes. Asimismo, PETROPERÚ será responsable del cumplimiento de las obligaciones establecidas por el marco normativo que rige la actividad de distribución de gas natural por red de ductos en materia de seguridad, calidad de servicio y cualquier otro aspecto aplicable, así como el marco normativo aplicable en materia ambiental, encontrándose sujeto a las funciones de supervisión, fiscalización y sanción de las entidades competentes.