El día 29 de marzo de 2020 se publicó en el diario oficial “El Peruano” la Resolución SBS N° 1268-2020, mediante la cual se establecen ampliación de la suspensión del cómputo de plazos administrativos relacionados con las funciones y atribuciones que corresponden a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS, incluyendo los establecidos a los que se refieren los artículos 252 y 253 del TUO de la Ley N° 27444 (en adelante, la “Resolución”).
Las Resolución tienen por objeto (i) ampliar hasta el 12 de abril de 2020, inclusive, la suspensión del computo de plazos establecidos para el cumplimiento de disposiciones emitidas por la SBS e (ii) indicar que la suspensión no aplica para aquellos casos referidos a disposiciones respecto de las cuales la SBS haya requerido expresamente a los administrados su cumplimiento.