El día de hoy, 26 de agosto de 2020, se publicó en el diario oficial “El Peruano”, la Resolución Nº 000093-2020-PRE/INDECOPI mediante la cual se aprueba la Directiva Nº 004-2020-DIR-COD-INDECOPI – “Directiva que establece el procedimiento para efectuar el pago de recompensas bajo los alcances del artículo 28 del Texto Único Ordenado de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas” (en adelante, la “Directiva”).
Sobre el particular, la Directiva tiene como objeto establecer el procedimiento interno para efectuar el pago a los beneficiarios de recompensas como consecuencia de la colaboración brindada a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Texto Único Ordenado de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas. Asimismo, es de aplicación obligatoria para todos los órganos del INDECOPI.
Adicionalmente, la Directiva desarrolla los presupuestos para poder solicitar el pago íntegro o parcial de las recompensas, los requisitos que debe contener la solicitud de pago y el proceso de tramitación para efectuar finalmente el pago.
Asimismo, la Directiva deja constancia de que la identidad del beneficiario de una recompensa constituye información confidencial y recibe el mismo tratamiento que la información declarada reservada por la Comisión.