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Resolución Ministerial N° 148-2020-MINEM/DM

APRUEBAN LISTADO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LOS SUBSECTORES ELECTRICIDAD E HIDROCARBUROS NO SUJETOS A SUSPENSIÓN DE PLAZOS POR LA DECLARATORIA DEL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL

Mediante Resolución Ministerial No. 148-2020-MINEM/DM, publicada el jueves 4 de junio en edición extraordinaria del diario oficial “El Peruano”, se aprueba el listado de procedimientos administrativos del Ministerio de Energía y Minas, de los subsectores de electricidad e hidrocarburos, cuya tramitación no se encuentra sujeta a la suspensión de plazos de los Decretos de Urgencia Nos. 026- 2020 y 029-2020, y sus prórrogas.

El listado incluye procedimientos administrativos ante la Dirección General de Electricidad, Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad, Dirección General de Hidrocarburos y Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos.

Estos procedimientos se tramitarán siempre que el administrado autorice o hubiera autorizado la notificación electrónica, o se cuente con su consentimiento expreso. Asimismo, la tramitación se realizará a través de la Mesa de Partes Virtual del Ministerio de Energía y Minas, teniendo en cuenta además que las notificaciones electrónicas se realizarán mediante de la plataforma de notificación electrónica (SIGED) del MINEM.

El cómputo de los plazos de inicio y tramitación de los procedimientos administrativos se reanuda a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial en el diario oficial “El Peruano”, es decir, a partir del viernes 5 de junio del 2020.