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Resolución Ministerial N° 147-2020-MINEM/D

El Ministerio de Energía y Minas, mediante Resolución Ministerial No. 147-2020-MINEM/DM publicada el día de hoy, ha aprobado exceptuar de la suspensión del cómputo de plazos a los siguientes procedimientos a su cargo:

  1. Procedimientos ante la Dirección General de Minería
  • Otorgamiento y modificación de concesión de beneficio
  • Autorización para inicio/reinicio de las actividades de exploración, desarrollo, preparación, explotación (incluye plan de minado y botaderos) en concesiones mineras metálicas/no metálicas y modificatorias
  1. Procedimientos ante la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros
  • Evaluación del Plan de Cierre de Minas y de Pasivos Ambientales (Gran y mediana minería)
  • Modificación/actualización de Plan de Cierre de Minas o Plan de Pasivos Ambientales Mineros (Gran y mediana minería)

* No se incluye en estos procedimientos los referidos a pasivos ambientales mineros

  • Evaluación del Plan Ambiental Detallado.

Cabe precisar que los referidos procedimientos se tramitarán siempre que el administrado lo autorice o hubiera autorizado la notificación electrónica, o se cuente con su consentimiento expreso. Su tramitación se realizará a través de la Mesa de Partes Virtual, y las notificaciones electrónicas se efectuarán a través de la plataforma SIGED del MINEM.

 

El cómputo de plazos de inicio y tramitación se reanudará a partir del miércoles 3 de junio de 2020.