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Resolución de la Superintendencia Nacional De Los Registros Públicos No. 052-2021-SUNARP/SN

El sábado 05 de junio del 2021 se publicó en el diario oficial “El Peruano”, la Resolución de la Superintendencia Nacional De Los Registros Públicos No. 052-2021-SUNARP/SN (en adelante, la “Resolución”) mediante la cual se aprueba, a partir del 09 de junio, la presentación electrónica de actos correspondientes al Registro de Personas Jurídicas y los actos correspondientes al Registro de Predios, a través del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP). Mediante este se podrán tramitar e inscribir en cualquiera de las oficinas registrales a nivel nacional las modificaciones de estatutos de S.A, S.A.C, S.R.L, y E.I.R.L. (con excepción del cambio de domicilio a una oficina registral distinta) y las transferencias de participaciones por actos intervivos de las S.R.L. Y para el Registro de Predios se podrán tramitar e inscribir en cualquiera de las oficinas registrales a nivel nacional las compraventas, la constitución de hipoteca y la ampliación, reducción, modificación o levantamiento de hipotecas.

Esta resolución comprende únicamente a los instrumentos extendidos a notarios dentro del territorio nacional, por lo tanto, aquellos traslados instrumentales expedidos por los cónsules, aquellos otorgados fuera del país, por el Archivo General de la Nación o por los Archivos Departamentales, las resoluciones emitidas por órganos jurisdiccionales o arbitrales y los del acervo documentario del notario casado se excluyen de los alcances de esta resolución.

En caso tenga alguna consulta, puede contactarse con Claudia Chong ([email protected]); Helga Hualpatuero ([email protected]) y/o Renato Angulo ([email protected]).