El día de hoy se publicó la Resolución Administrativa Nº 000133-2020-CE-PJ, mediante la cual se aprueba el “Protocolo para el Uso de la Mesa de Partes Electrónica del Poder Judicial y Digitalización o Escaneo de Expedientes Físicos, para el Período de Reinicio de Actividades”.
El Protocolo regula el uso de la Mesa de Partes Electrónica (MPE) del Poder Judicial, como vía de acceso y registro de demandas y escritos dirigidos a los procesos judiciales que cuentan con el Expediente Judicial Electrónico -EJE- implementado como a los que se vienen tramitados con expedientes físicos (en papel) – no EJE-.
A través de este Protocolo se persigue establecer las condiciones idóneas para el trabajo remoto de los Jueces y Auxiliares Jurisdiccionales.
A continuación, los puntos más resaltantes:
PLAZO DE VIGENCIA:
Desde la reactivación del Poder Judicial -según Protocolo por Resolución Administrativa N° 129-2020-CE-PJ u otras expedidas con este fin- hasta la regularización de actividades del Poder Judicial.
ACCESO A LA MESA DE PARTES ELECTRÓNICA:
PRESENTACIÓN DE ESCRITOS:
En caso se presenten demandas y anexos u otros escritos con firma electrónica, éstos serán considerados como originales y no requerirán de una posterior confirmación.
En caso se presenten escritos sin firma electrónica, éstos serán objeto de ratificación posterior ante el Juzgado correspondiente.
DIGITALIZACIÓN DE LOS EXPEDIENTES FÍSICOS: