El 28 de febrero de 2021, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2021-MINEDU (en adelante, el “Reglamento”).
A continuación, presentamos una reseña sobre las principales y nuevas obligaciones que trae esta norma para las Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica (en adelante, “IEP”). Es preciso señalar que la mayoría de obligaciones previstas en la normativa anterior se mantienen, con lo cual las obligaciones que se reseñan líneas abajo son adicionales a las ya existentes.
1. Se amplía la disposición sobre que el propietario o promotor no debe tener antecedentes penales ni judiciales ni estar comprendido dentro de los alcances de las Leyes N° 29988 y N° 30901, o normas que las modifiquen o sustituyan.
2. Se establece precisiones sobre el personal docente y administrativo de la Institución Educativa privada, indicando lo siguiente:
3. Se incluye un capítulo específico sobre la organización de la IEP, destacando el contenido mínimo del Reglamento Interno y la obligación de registrar las acciones tomadas para la atención de (i) los casos de violencia sexual y/o física con lesiones y/o armas entre estudiantes; y, (ii) de violencia psicológica, física o sexual del personal de la IEP a un estudiante, tanto en el Libro de Registro de Incidencias y en los sistemas informáticos que el Minedu establezca.
4. Sobre el Régimen Económico, el Reglamento precisa lo siguiente:
5. Los usuarios tienen el derecho de participar individual y/o colectivamente en la Institución Educativa privada, lo cual se regulará en el Reglamento Interno de la IEP
Podrán encontrar más detalles sobre las principales novedades del Reglamento aquí: ReglamentoInternoDeLaIEP/PDF