Estimados,
Se les recuerda a los titulares de actividades mineras con operaciones continuas que, de acuerdo a la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado mediante Decreto Supremo No. 020-2020-EM, tienen plazo hasta el día 6 de diciembre de 2020 para presentar la siguiente información:
- Relación y descripción de los componentes de la unidad minera o unidad de producción.
- Plano de ubicación de la concesión minera y la poligonal que encierran los componentes de la unidad minera o unidad de producción, debidamente georeferenciado en coordenadas UTM WGS84.
- Relación de concesiones mineras o UEAs en las cuales vienen desarrollando actualmente su actividad.
- Memoria descriptiva de las operaciones mineras.
La información puede ser presentada a través de la Mesa de Partes del MINEM, adjuntando en un medio magnético (CD/USB) la información editable.
Cabe indicar que son considerados actividades mineras continuas a aquella actividad de explotación iniciada antes de la vigencia del Decreto Supremo No. 046-2001-EM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 26 de julio de 2001.
En caso tenga alguna consulta puede contactarse con Xennia Forno ([email protected]); Diego Grisolle ([email protected]); Miguel Angel Soto ([email protected]); o, Nancy Ogata Gutiérrez ([email protected]).