El día de hoy, se ha publicado en el diario oficial “El Peruano” las siguientes normas relevantes en el sector de energía:
Mediante la Resolución referida, OSINERGMIN fija, principalmente, los siguientes aspectos:
La presente resolución entra en vigencia a partir del 04 de julio de 2020 hasta el 30 de abril de 2021.
El proyecto de norma establece los criterios y la metodología para determinar la reserva de transformación en los Sistemas Secundarios de Transmisión (SST) y Sistemas Complementarios de Transmisión (SCT) remunerados por la demanda, así como, los formatos y plazos para la presentación de propuestas de los transformadores de reserva en dichos sistemas.
El proyecto se aplicaría a los agentes que cuenten con instalaciones de los SST y SCT sujetos a regulación por parte de OSINERGMIN, así como aquellos titulares de instalaciones comprendidas en las concesiones que fueron otorgadas mediante contratos, cuando corresponda. El proyecto indica que la reserva de transformación podrá ser del tipo reserva fija, reserva en línea, reserva de cambio rápido o reserva compartida. El proyecto de norma indica que entraría en vigor a partir del proceso de modificación del Plan de Inversiones 2021 – 2025, a iniciarse en el año 2022 conforme lo establezca OSINERGMIN, desde la etapa de elaboración de propuestas.
Finalmente, la Resolución que aprueba el proyecto de norma, establece un plazo de sesenta (60) días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas de OSINERGMIN vía (i) ventanilla electrónica: https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/; (ii) mesa de partes física, en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima; o por (iii) correo electrónico: [email protected]. Cabe resaltar que, en el último día del plazo, sólo se analizarán los comentarios recibidos hasta las 05:30 p.m.