El día 17 de diciembre se publicaron en el diario oficial “El Peruano” las siguientes normas relevantes en el sector de energía:
1. Se aprueba Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes para viabilizar la entrega del bono electricidad en el marco del Decreto de Urgencia Nº 074-2020 (Decreto de Urgencia Nº 136-2020)
El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto aprobar medidas extraordinarias y urgentes, en materia económica y financiera, para viabilizar la transferencia de recursos económicos a las empresas de distribución eléctrica en el marco del Decreto de Urgencia N° 074-2020, Decreto de Urgencia que crea el Bono Electricidad en favor de usuarios residenciales focalizados del servicio público de electricidad.
Al respecto, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 594 251 935,00 con cargo a los recursos autorizados mediante el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 074-2020, a favor del MINEM, para financiar las transferencias financieras detalladas en los programas de transferencias aprobados mediante las Resoluciones de la Gerencia de Regulación de Tarifas del OSINERGMIN.
Por último, se dispone suspender la aplicación del programa de transferencia estipulado en los literales b) y c) y del último párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 074-2020.
2. Decreto Supremo que aprueba el uso obligatorio de la notificación vía casilla electrónica al OSINERGMIN (Decreto Supremo N° 195-2020-PCM)
El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de aquellos actos administrativos y actuaciones administrativas emitidas por OSINERGMIN en el ejercicio de sus funciones, que deban ser notificadas de acuerdo a la normatividad vigente. Ello, con la finalidad de dotar de mayor celeridad, mejorar la eficiencia y seguridad en la notificación de OSINERGMIN.
Se establece que el Sistema de Notificación Electrónica del OSINERGMIN (en adelante “Sistema” ), es la herramienta tecnológica que permite realizar la transmisión y almacenamiento de actos administrativos, actuaciones administrativas y documentos relacionados que deban ser notificados de acuerdo con el marco normativo vigente.
Se dispone que la notificación vía casilla electrónica es aquella modalidad de notificación electrónica efectuada a la casilla electrónica del destinatario, tiene la misma validez y eficacia jurídica que las notificaciones realizadas por medios físicos, surtiendo efectos el día que conste haber sido recibida, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Además, se precisa que para efectos de la notificación electrónica obligatoria a través del Sistema, se debe asignar una casilla electrónica al destinatario, la cual se constituye en un domicilio digital obligatorio para la notificación de los actos administrativos y actuaciones administrativas emitidas en el marco de sus funciones.
Asimismo, de producirse una contingencia en el Sistema que afecte su funcionamiento, OSINERGMIN efectuará la notificación a través de las modalidades y conforme al orden de prelación previsto en el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, sin perjuicio de comunicar dicha contingencia a través del portal institucional.
El presente Decreto Supremo entra en vigencia al día siguiente de publicada la normativa complementaria para la implementación del Sistema, la cual deberá ser emitida por OSINERGMIN en un plazo de (30) días calendario desde la publicación del presente decreto.
Se dispone que OSINERGMIN, mediante Resolución de Consejo Directivo aprobará el cronograma que determine los plazos para la implementación de la notificación obligatoria mediante el Sistema.
Por último, el Sistema de Notificación Electrónica del OSINERGMIN se integra con el Sistema de Gestión Documental (SGD) institucional para fines de una gestión documental integral. Igualmente, OSINERGMIN publica y consume servicios de información en la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE) para dichos fines.