El día 8 de diciembre de 2020 se publicaron en el diario oficial “El Peruano”, las siguientes normas relevantes en el sector de energía:
1. Se modifica el Artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 28840, Ley de Fortalecimiento y Modernización de la Empresa Petróleos del Perú S.A., aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-EM (Decreto Supremo N° 026-2020-EM)
El nuevo texto del artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 28840, Ley de Fortalecimiento y Modernización de la Empresa Petróleos del Perú S.A. (Decreto Supremo N° 012-2013-EM), establece que PETROPERÚ S.A. sólo recibirá encargos especiales por parte de entidades del Estado, mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Energía y Minas y el titular del Sector de la entidad que requiere efectuar el encargo, de ser el caso. Para tal fin, PETROPERÚ S.A. deberá ser provista de los recursos necesarios para cumplir con el encargo asignado, debiendo registrarse dichos encargos en una contabilidad separada y revelarlos adecuadamente en sus estados financieros.
2. Aprueban costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de setiembre de 2020 (Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas OSINERGMIN N° 064-2020-OS/GRT)
Se aprueban los costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de setiembre de 2020, de acuerdo con lo siguiente: