El jueves 15 de abril de 2021, se publicaron en el diario oficial “El Peruano” las siguientes normas relevantes en el sector de energía:
1. Aprueban el “Procedimiento para la implementación del Proyecto de Instalación de Acometidas Eléctricas Domiciliarias para viviendas vulnerables a ejecutarse con recursos del FISE” (Resolución Viceministerial No. 007-2021-MINEM-VMH)
Mediante la resolución bajo comentario se establecen las disposiciones para el desarrollo de las actividades de implementación del proyecto de instalación de acometidas eléctricas domiciliarias para viviendas vulnerables a ejecutarse con recursos del FISE.
El Procedimiento aprobado detalla el desarrollo del proceso de identificación de los beneficiarios, la ejecución del proyecto, el proceso de transferencia de recursos, monitoreo y evaluación de resultados, entre otras actividades relacionadas. Siendo de aplicación a aquellas empresas prestadoras del servicio de energía eléctrica con carácter de servicio público, que suscriban convenios con el Administrador del FISE para la ejecución de los proyectos.
2. Fijan el Cargo Unitario de Liquidación de los Sistemas Secundarios de Transmisión y/o Sistemas Complementarios de Transmisión asignados a la demanda, a ser añadido en las respectivas tarifas de transmisión, y dictan otras disposiciones (Resolución de Consejo Directivo No. 069-2021-OS/CD)
Mediante la presente resolución se fija el Cargo Unitario de Liquidación de los Sistemas Secundarios de Transmisión y/o Sistemas Complementarios de Transmisión asignados a la demanda, a ser añadido en las respectivas tarifas de transmisión, a partir del 01 de mayo de 2021 hasta el 30 de abril de 2022.
Adicionalmente, la resolución bajo comentario fija el Cargo Unitario de Liquidación del Sistema Secundario de Transmisión de Conelsur LT SAC (“CONELSUR”) y Empresa de Transmisión Eléctrica Aymaraes S.A.C. (“AYMARAES”), a ser añadido, a partir del 01 de mayo 2021 hasta el 30 de abril de 2022.
3. Fijan Precios en Barra y sus correspondientes factores Nodales de Energía y Factores de Pérdidas de Potencia asociados, para los suministros que se efectúen desde las Barras de Referencia de Generación, así como las correspondientes tarifas de transmisión; y dictan otras disposiciones (Resolución de Consejo Directivo No. 067-2021-OS/CD)
Mediante la presente Resolución se fijan, principalmente, los siguientes aspectos:
- Peaje por Conexión y del Ingreso Tarifario Esperado para el Sistema Principal de Transmisión (SPT).
- Peaje de Transmisión y del Ingreso Tarifario para el Sistema Garantizado de Transmisión (SGT).
- Peaje por Conexión y de Transmisión Unitarios en el SEIN y en Sistemas Aislados.
- Fórmulas de actualización tarifaria del Precio de Potencia de Punta a Nivel Generación (PPM), del Precio de Energía a nivel generación en las barras de referencia de generación (PEMP y PEMF), del Peaje por Conexión y Peaje de Transmisión Unitarios (PCSPT y PTSGT)
- Compensaciones Anuales y Precios en Barra Efectivos a asignar a cada una de las empresas distribuidoras que suministra energía eléctrica a Usuarios Regulados en los Sistemas Aislados.
- Precios Medios en la Barra Equivalente de Media Tensión para el SEIN: no podrán ser mayores, en ningún caso, al Precio Medio en la Barra de Media Tensión del Sistema Aislado Promedio.
- El valor del Costo de Racionamiento en 280,3347 ctm. S//kWh para todos los sistemas eléctricos.
La Resolución bajo comentario entrará en vigor a partir del 01 de mayo de 2021 hasta el 30 de abril de 2022.
4. Resolución que fija los Peajes y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión (SST) y Sistemas Complementarios de Transmisión (SCT) para el periodo comprendido entre el 01 de mayo de 2021 y el 30 de abril de 2025 (Resolución de Consejo Directivo No. 070-2021-OS/CD)
Mediante la presente Resolución se fijan, principalmente, los siguientes aspectos:
- El Costo Medio Anual preliminar de los Elementos que conforman el Plan de Inversiones del período comprendido entre el 01 de mayo de 2021 y el 30 de abril de 2025, por Área de Demanda y por cada titular que la conforma.
- Los valores actualizados del Costo Medio Anual de los Sistemas Secundarios de Transmisión.
- El Ingreso Tarifario de determinadas instalaciones de transmisión en la red de muy alta tensión que forman parte de los Sistemas Secundarios y Complementarios de Transmisión.
- Los peajes y sus fórmulas de actualización, por Área de Demanda, correspondientes a los Sistemas Secundarios y Complementarios de Transmisión asignados a la demanda.
- Los Factores de Pérdidas Medias para la expansión de los Precios en Barra, a las barras de los Sistemas Secundarios o Complementarios de Transmisión, no comprendidos en la red de muy alta tensión.
- Las compensaciones y sus fórmulas de actualización, de los Sistemas Secundarios de Transmisión y Sistemas Complementarios de Transmisión, asignados total o parcialmente a la generación.
5. Modifican la asignación de responsabilidad de pago de las tablas contenidas en el Anexo No. 9 de la Resolución No. 061-2017-OS/CD y modificatoria (Resolución de Consejo Directivo No. 068-2021-OS/CD)
Mediante la presente Resolución se modifica la asignación de responsabilidad de pago de las tablas contenidas en el Anexo No. 9 de la Resolución No. 061-2017-OS/CD y modificatoria, que fijaron las tarifas y compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmisión (SST) y Sistemas Complementarios de Transmisión (SCT), para el periodo mayo 2017 – abril 2021.
Las modificaciones efectuadas se detallan en el siguiente cuadro:
Adicionalmente, la Resolución bajo comentario dispone que para el caso de las instalaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión cuya responsabilidad de pago esté asignada parcialmente a la generación, el Titular de estas instalaciones deberá considerar las modificaciones de las empresas generadoras responsables descritas en el anterior cuadro, para el recálculo de las compensaciones mensuales del periodo tarifario mayo 2020 – abril 2021 y su respectiva ejecución, lo cual deberá realizarse como máximo hasta el 15 de mayo de 2021.