El miércoles 12 de mayo de 2021, se publicó en el diario oficial “El Peruano” la siguiente norma relevante en el sector de energía:
1. Aprueban informe de liquidación de intereses compensatorios a marzo de 2021, a ser cancelados conforme a los artículos 8 y 11 de la Norma “Procedimiento de liquidación de intereses compensatorios a ser cubiertos por el Fondo de Inclusión Social Energético en el marco de lo dispuesto por los artículos 3 y 4 del Decreto de Urgencia No. 035-2020 modificado por el Decreto de Urgencia No. 062-2020” (Resolución No. 035-2021-OS/GRT)
Mediante la presente resolución se aprueba el informe de liquidación de intereses compensatorios a marzo de 2021, a ser cancelados, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 11 del “Procedimiento de liquidación de intereses compensatorios a ser cubiertos por el Fondo de Inclusión Social Energético en el marco de lo dispuesto por los artículos 3 y 4 del Decreto de Urgencia No. 035-2020 modificado por el Decreto de Urgencia No. 062-2020”, aprobado por Resolución 071-2020-OS/CD.
El MINEM será el encargado de realizar las transferencias a las empresas prestadoras de servicios de distribución de energía eléctrica, conforme se detalla a continuación:
Empresa |
Monto de Intereses Compensatorios (S/) |
Adinelsa |
2,880.45 |
Electro Dunas |
26,984.94 |
Electro Puno |
7,358.26 |
Electro Sur Este |
8,809.45 |
Electrocentro |
79,156.71 |
Electronoroeste |
145,241.04 |
Electronorte |
74,402.93 |
Electrosur |
22,663.57 |
Hidrandina |
156,427.50 |
Luz del Sur |
9,710.89 |
Seal |
100,370.41 |
Total |
634,006.15 |