El día 29 de abril de 2021 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Circular 0008-2021-BCRP (en adelante, la “Circular”) aprobada por el Directorio del Banco Central de Reserva, mediante la cual se ha acordado la tasa máxima a la que hace referencia la Ley 31143 respecto a créditos de consumo, créditos de consumo de bajo monto y crédito para las pequeñas y microempresas. Se debe recordar que los créditos de consumo de bajo monto son aquellos iguales o menores a 2 UIT (S/. 8,800.00). En cualquier otra modalidad de crédito distinta a las descritas, así como para las operaciones pasivas en cualquiera de sus modalidades, la tasa de interés convencional compensatorio se determina por la libre competencia en el mercado financiero y es expresada en términos efectivos anuales.
Conforme indicamos en nuestra anterior alerta referida a la tasa de interés en moneda nacional, la tasa máxima de interés convencional compensatorio aplicable a las operaciones de crédito en moneda extranjera seguirá una lógica similar al cálculo aplicado para la tasa máxima en moneda nacional; es decir, la tasa será el equivalente a 2 veces el promedio de las observaciones de fin de mes de las tasas de interés promedio del sistema financiero para créditos de consumo en moneda extranjera (en el caso de la tasa en moneda nacional, se utiliza la tasa de interés promedio en moneda nacional) publicadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, en el período de cálculo establecido por el Banco Central.
El período de cálculo será similar que el aplicable para la tasa en moneda nacional. En ese sentido, para los meses de mayo-octubre se utilizará el período de cálculo de octubre-marzo y se realizará la publicación en mayo. Para los meses de abril-setiembre se utilizará el período de cálculo de noviembre-abril y se realizará la publicación en noviembre. En este sentido, la siguiente actualización de las tasas máximas se efectuará el 1 de noviembre de 2021, utilizando el promedio de las observaciones de fin de mes de las tasas de interés promedio del sistema financiero para créditos de consumo en el periodo abril 2021 – setiembre 2021.
La implementación progresiva de la tasa máxima para operaciones en moneda nacional será aplicable también en el caso de las operaciones en moneda extranjera.