APRUEBAN PLAN DE SALUD MENTAL
Mediante Resolución de Ministerial N° 363-2020-MINSA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 6 de junio de 2020, el Ministerio de Salud aprobó el documento técnico denominado “Plan de Salud Mental (en el contexto COVID-19 – Perú, 2020-2021)“, que precisa lo siguiente:
¿Cuál es el ámbito de aplicación?
- Es de aplicación en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) a cargo del Ministerio de Salud, así como de los Gobiernos Regionales.
- Es referencial para las IPRESS de los Gobiernos Locales, del Seguro Social de Salud (EsSalud), de las Sanidades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, así como para las IPRESS del sector privado.
¿Cuáles son los objetivos del Plan?
- Objetivo general: Reducir el impacto de la pandemia del COVID-19 en la salud mental de la población, fortaleciendo sus recursos individuales y comunitarios de afrontamiento y atendiendo a las personas con problemas mentales en el contexto de la crisis económica y social derivada de ella.
- Objetivos específicos:
- Objetivo específico 1: Promover el autocuidado y cuidado mutuo comunitario de la salud mental en la población en el contexto del COVID-19
- Objetivo específico 2: Atender a las personas con problemas de salud mental en el contexto COVID-19, fortaleciendo, expandiendo y articulando la oferta nacional, intersectorial y multimodal de servicios de salud mental comunitaria.
¿Cuál es la población objetivo?
- Las acciones de promoción de la salud mental están dirigidas a toda la población del territorio nacional a las que lleguen las actividades del Plan, con énfasis en personas adultas mayores, niños, niñas y adolescentes.
- Las acciones de atención están dirigidas a las personas en tratamiento, sobrevivientes y familiares de fallecidos por el COVID-19, a las personas con trastornos mentales y del comportamiento preexistente y de inicio durante la pandemia, así como al personal de salud de primera línea.
¿Cuáles son los componentes centrales del Plan?
- Promoción y prevención en salud mental en el nivel personal, familiar y comunitario, desde la perspectiva de la salud mental positiva que empodere a las personas, las familias y comunidades, repare el bienestar y mejore la calidad vida de las personas a través del fortalecimiento de sus capacidades frente a las exigencias del contexto COVID-19.
- Fortalecimiento, expansión y articulación de los servicios de salud mental comunitaria que incluya prioritariamente los centros de salud mental comunitaria; unidades de hospitalización de salud mental y adicciones y unidades funcionales de acompañamiento psicosocial en los hospitales generales y los diversos servicios de salud mental, en el marco del modelo de atención comunitaria.
¿Cuáles son los enfoques del Plan?
- Enfoque de territorialidad
- Enfoque de derechos humanos
- Enfoque de determinantes sociales de la salud
- Enfoque de curso de vida
- Enfoque de género
- Enfoque de interculturalidad
¿Cuáles son las actividades que se realizarán para lograr el Objetivo Específico 1?
- Fomento del apoyo mutuo, solidaridad y cohesión.
- Fortalecimiento de la articulación intersectorial e intergubernamental.
- Fomento de la resiliencia personal y familiar.
- Promoción del entretenimiento saludable y seguro.
- Fomento de la parentalidad positiva.
- Fortalecimiento del manejo del estrés y afrontamiento positivo.
- Fomento de la actividad física para la mejora de la calidad de vida de la población.
- Comunicación social para el autocuidado y cuidado comunitario.
¿Cuáles son las actividades que se realizarán para lograr el Objetivo Específico 2?
- Identificación activa y cuidado de la salud mental.
- Fortalecimiento y expansión de la oferta de servicios de salud mental comunitaria en respuesta al impacto de la pandemia por COVID-19.
- Implementación de unidades funcionales de acompañamiento psicosocial en hospitales COVID-19 a nivel nacional.
- Desarrollo de la oferta virtual de cuidados y servicios de salud mental comunitaria.
- Fortalecimiento de la oferta de servicios de emergencia y urgencia en salud mental.
- Acompañamiento psicosocial a sobrevivientes por infección COVID-19 y familiares de personas fallecidas.
- Cuidado de la salud mental del personal de la salud.
- Cuidado de la salud mental en personas con problemas psicosociales.
- Cuidado de la salud mental de personas con trastornos mentales y del comportamiento.
- Desinstitucionalización urgente de personas indebidamente internadas en IPRESS hospitalarias en salud mental.
¿Qué disposiciones adicionales establece?
- La gestión del Plan está a cargo de la Dirección de Salud Mental de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, en coordinación con las diferentes instancias del Ministerio de Salud y las DIRESAS/GERESAS/DIRIS o quienes hagan sus veces.
- Se aplicará el enfoque territorial, priorizando los distritos de alto riesgo de contagio por COVID-19 para identificar las necesidades particulares de cada población y asignar los recursos, en congruencia con estas
- Su implementación se inicia con su socialización y la capacitación de los recursos humanos en modalidad virtual y semipresencial.
Podrán acceder al Plan de Salud Mental aludido, dándole doble clic al enlace.