MODIFICAN LOS SUPUESTOS DE TRABAJADORES QUE CONFORMAN EL GRUPO DE RIESGO ENTRE OTROS LINEAMIENTOS
Mediante Resolución Ministerial N° 265-2020-MINSA, publicada el día 08 de mayo de 2020, se dispuso modificar el Documento Técnico “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19” (en adelante, “el Documento Técnico”), conforme a lo siguiente:
¿Cuáles son los principales cambios que se realizan en el Documento Técnico?
- Modifica las definiciones operativas para los siguientes términos:
- “Grupo de Riesgo” (apartado 6.1.10).
- “Responsable de Seguridad y Salud de los Trabajadores” (apartado 6.1.22).
- Modifica las Consideraciones para el Regreso o Reincorporación al trabajo de trabajadores con factores de riesgos para COVID-19 (apartado 7.3.4):
Se establece que se debe considerar en este grupo los trabajadores que presenten los siguientes factores de riesgo para COVID-19:
- Edad mayor de 60 años.
- Hipertensión arterial.
- Enfermedades cardiovasculares.
- Cáncer.
- Diabetes Mellitus.
- Enfermedad pulmonar crónica
- Insuficiencia renal crónica.
- Enfermedad o tratamiento inmunosupresor.
- Obesidad con IMC de 40 o más
Asimismo, se indica que para los trabajadores contemplados en el listado anterior, y aquellos que establezca el Médico del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, se mantendrá la cuarentena hasta el término de la emergencia sanitaria, de acuerdo al Decreto Supremo N° 008-2020-SA (literal a del apartado 7.3.4).
- Modifica parte del Lineamiento Preliminar relacionado a lo siguiente:
- Registro del “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” por parte del empleador (apartado 7.1.5).
- Modifica parte del Lineamiento 2: “Evaluación de la Condición de Salud del Trabajador previo al regreso o reincorporación al Centro de Trabajo”, específicamente lo relacionado a lo siguiente:
- Aplicación de la Ficha de Sintomatología COVID-19 (numeral 2 del apartado 7.2.2.1).
- Aplicación de pruebas serológicas o moleculares según el tipo de riesgo en el puesto de trabajo (numeral 4 del apartado 7.2.2.1).
- Modifica parte del Lineamiento 6: “Medidas de Protección Personal”, específicamente lo relacionado a lo siguiente:
- Tipo de protección respiratoria para profesionales de salud con alto riesgo de exposición biológica al virus SARS-COV-2 que causa el COVID-19 (apartado 7.2.6).
- Modifica parte del Lineamiento 7: “Vigilancia de la Salud del trabajador en el contexto del COVID-19”, específicamente lo relacionado a lo siguiente:
- La responsabilidad del profesional de la salud del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo (apartado 7.2.7.3).
- Medidas de salud mental que debe considerar el “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” (7.2.7.8).
- Condiciones para aplicar el tamizaje para COVID-19 en los tópicos de medicina, salud ocupacional, entre otros, de las instituciones correspondientes a entidades públicas, empresas públicas y privadas, entre otras (7.2.7.11).
- Garantizar el seguimiento de contactos (7.2.7.12).
- Agrega dos (2) Disposiciones Complementarias relacionadas a lo siguiente:
- Autorización de las entidades públicas, empresas públicas y privadas, entre otras, de realizar las pruebas serológicas única y exclusivamente para los trabajadores a su cargo, y la prohibición de comercializar a terceros las pruebas o de brindar servicios a terceros por este concepto (apartado 8.5).
- Aplicación del Anexo N° 1 del Documento Técnico por parte de las entidades públicas, empresas públicas y privadas, entre otras (apartado 8.6).
- Modifica el Anexo 1 del Documento Técnico correspondiente al Profesional de Salud del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo por tamaño de empresa.
- Modifica el Anexo 3 del Documento Técnico correspondiente al Equipo de Protección Personal para Puestos de Trabajo con Riesgo de Exposición a COVID-19 según Nivel de Riesgo.
Se podrá acceder al Anexo que contiene todas las modificaciones realizadas al Documento Técnico, ingresando al siguiente enlace:
https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/695454/resolucion-ministerial-n-265-2020-minsa.pdf