Mediante Resolución de Superintendencia N° 000120-2020-MIGRACIONES, publicada el día 05 de mayo de 2020, prorrogan suspensión del cómputo del plazo establecido en el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia Nº 000104-2020-MIGRACIONES, conforme a lo siguiente:
Antecedentes
• El artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 000104-2020-MIGRACIONES dispuso suspender con eficacia anticipada al 16 de marzo de 2020, por el plazo de treinta (30) días hábiles, los plazos previstos en el TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones, con relación a los procedimientos administrativos y servicios que se encuentren a cargo de las unidades competentes de la entidad.
¿Qué se dispone?
• Prorrogar con eficacia anticipada al 29 de abril de 2020, la suspensión del cómputo del plazo establecido en el artículo 4 de la Resolución de Superintendencia Nº 000104-2020-MIGRACIONES, por el término de quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha señalada, conforme a lo estipulado en el artículo 1° del Decreto Supremo N° 076-2020-PCM; quedando vigente las demás medidas establecidas en dicha Resolución.