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Informativo Inmobiliario – Resolución Ministerial N° 185-2021-VIVIENDA

El 1 de julio del 2021, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Ministerial N° 185-2021-VIVIENDA, a partir de cual disponen la publicación de la modificación de la Norma Técnica A.140 “Vivienda” del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobada por D.S. N° 011-2006-VIVIENDA.

Resaltamos las modificaciones más relevantes, según el tema, y en orden de importancia:

CON RELACIÓN AL CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES:

TIPOLOGÍAS

Se define a los Bienes Culturales inmuebles como:  toda aquella edificación expresamente declarada como integrante del Patrimonio Cultural de la Nación por el Ministerio de Cultura; o, sobre la cual exista la presunción legal de serlo, siempre que cuente con la resolución de determinación de protección provisional emitida por el Ministerio de Cultura o expresamente se haya determinado la condición de presunción de bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación.

Se denomina Patrimonio Histórico Inmueble al conjunto de bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, debidamente declarados por el Ministerio de Cultura; sean de propiedad pública y/o privada, que pertenecen al periodo posterior al prehispánico.

Se denomina Patrimonio Arqueológico Inmueble al conjunto de bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, debidamente declarados por el Ministerio de Cultura; que pertenecen al periodo prehispánico con valor arqueológico que incluyen vestigios de vida humana.

Todas las otras tipologías de la Norma anterior han sido omitidas.

 

CON RELACIÓN AL CAPÍTULO II INTERVENCIONES U OBRAS EN PATRIMONIO HISTÓRICO INMUEBLE:

CRITERIOS DE INTERVENCIÓN EN MONUMENTOS E INMUEBLES DE VALOR MONUMENTAL

Se regula la Puesta en Valor, resultado de un plan global integrado de los diferentes aspectos de arquitectura, estructura, instalaciones y funcionalidad, considerando criterios, donde se destaca que la evaluación de una estructura patrimonial se realiza en dos aspectos de intervención: comportamiento estructural y valor cultural.

También se regulan las Obras de acondicionamiento y refacción, las cuales deben ser interiores, sin modificar los elementos arquitectónicos, estructurales y de fachada.

Se especifican los requisitos de Obras de remodelación, teniendo así, que se puede modificar parcialmente la tipología arquitectónica del inmueble sin ocasionar la pérdida material y/o física de sus componentes arquitectónicos y estructurales.

Por último, las Obras de ampliación brindan los requisitos para la construcción de sótanos.

CRITERIOS DE INTERVENCIÓN EN INMUEBLES DE ENTORNO INTEGRANTES DE AMBIENTE URBANO MONUMENTAL, AMBIENTE MONUMENTAL, ZONA MONUMENTAL Y CENTRO HISTÓRICO

Se estipulan los requisitos que se deben cumplir en casos de Obras de acondicionamiento y refacción, Obras de remodelación y Obras de ampliación.

CRITERIOS DE DISEÑO Y EJECUCIÓN DE OBRAS DE EDIFICACIÓN NUEVA EN AMBIENTE URBANO MONUMENTAL, AMBIENTE MONUMENTAL, ZONA MONUMENTAL Y CENTRO HISTÓRICO

Se informa que estas edificaciones, se construyen en lotes baldíos o eriazos, y en reemplazo de las edificaciones de entorno, previa evaluación y aprobación del proyecto de intervención.

Se configuran las condiciones de: Altura, Volumetría y Tratamiento formal y material.

CRITERIOS DE INTERVENCIONES EN EDIFICACIONES DECLARADAS COMO MONUMENTOS DEL PATRIMONIO MODERNO DE LA ÉPOCA CONTEMPORÁNEA

Se estipulan los criterios para Puesta en valor, Obras de acondicionamiento y refacción, Obras de remodelación y Obras de ampliación.

 

CON RELACIÓN AL CAPÍTULO III ESTUDIOS PRELIMINARES A LAS OBRAS Y/O INTERVENCIONES EN PATRIMONIO HISTÓRICO INMUEBLE:

ESTUDIOS PRELIMINARES

 

Se define a los estudios preliminares como aquellos que permiten reconocer previamente el terreno y/o la edificación, a fi n de recabar toda aquella información, datos y antecedentes necesarios para sustentar técnicamente los proyectos de obras o intervenciones de conservación y/o restauración y/o puesta en valor en el Patrimonio Histórico Inmueble.

Estos son: Estudios de suelos o geotécnico, estudios de retrospección, prospección, estratigráficos y exploratorios, estudios patológicos, registro de deterioros, estudios estructurales, estudios de investigación histórica y estudio de Impacto sobre Patrimonio Cultural.

CON RELACIÓN AL CAPÍTULO IV PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO INMUEBLE UBICADOS EN ÁREAS URBANAS

OBRAS EN EL ENTORNO DE LOS BIENES CULTURALES INMUEBLES PREHISPÁNICOS

 

Se informa que estos Bienes comprenden el espacio y/o inmuebles en colindancia y/o en proximidad a la poligonal o delimitación del bien cultural prehispánico, para fines de protección del patrimonio prehispánico inmueble, considerando la particularidad de cada caso.

Además, en casos excepcionales, el Ministerio de Cultura determina la extensión del entorno en forma individualizada por cada Bien Cultural, de acuerdo a su complejidad.

CON RELACIÓN AL CAPÍTULO V: REQUISITOS ADICIONALES PARA ANTEPROYECTOS EN CONSULTA Y/O PROYECTOS DE EDIFICACIÓN

REQUISITOS PARA ANTEPROYECTOS EN CONSULTA EN MONUMENTOS E INMUEBLES DE VALOR MONUMENTAL

 

Para los anteproyectos en consulta en Monumentos e inmuebles de Valor Monumental se tiene como requisitos: Referencias históricas generales (Planos anteriores, Fotografías o grabados anteriores, Memoria descriptiva con la reseña histórica del proceso evolutivo) y Levantamiento de estado actual (Fotos del exterior e interior, información del estado actual, Plano del perfil urbano de ambos frentes de la calle).

Para proyectos de edificaciones: Estudio histórico (Planos anteriores y Fotografías o grabados anteriores), Levantamiento del estado actual (Fotos del inmueble de los frentes de la calle y del interior y exterior, Planos de plantas, cortes y elevaciones, de instalaciones eléctricas y sanitarias y Memoria descriptiva de las funciones actuales) y Propuesta de conservación – restauración (Planos de ubicación, de techos, de perfil urbano del frente, Memoria descriptiva).

REQUISITOS PARA ANTEPROYECTOS EN CONSULTA DE OBRA NUEVA EN AMBIENTE URBANO MONUMENTAL, AMBIENTES MONUMENTALES, ZONAS MONUMENTALES O CENTROS HISTÓRICOS

Se tienen como requisitos: Plano de perfil urbano o levantamiento fotogramétrico de los frentes de la calle.

 

REQUISITOS PARA PROYECTOS DE EDIFICACIONES

Para proyectos de edificaciones: Estudio histórico (Planos anteriores y Fotografías o grabados anteriores), Levantamiento del estado actual (Fotos del inmueble de los frentes de la calle y del interior y exterior, Planos de plantas, cortes y elevaciones, de instalaciones eléctricas y sanitarias y Memoria descriptiva de las funciones actuales) y Propuesta de conservación – restauración (Planos de ubicación, de techos, de perfil urbano del frente, Memoria descriptiva).

PROYECTOS DE EDIFICACIÓN NUEVA EN AMBIENTE URBANO MONUMENTAL, AMBIENTE MONUMENTAL, ZONAS MONUMENTALES O CENTRO HISTÓRICO

Los requisitos (además de los establecidos en la Norma Técnica GE.020) son: Fotografías de inmuebles y de los frentes de las calles donde se va a edificar y Plano del perfil urbano de los frentes de manzana donde se ubica el predio, incluyendo el proyecto.