El día 29 de octubre, se publicó en el diario oficial “El Peruano”, la Resolución de Regulación de Tarifas OSINERGMIN Nº 050-2020-OS/GRT, mediante la cual se fija el valor del Margen Comercial para el Petróleo Industrial 6 utilizado en la actividad de Generación Eléctrica en Sistemas Aislados en 0.19 Soles por Galón.
Asimismo, se fija la Banda de Precios aplicables al Petróleo Industrial 6 de acuerdo con lo siguiente:
Productos | LS | LI |
PIN 6 GGEE SEA | 5.17 | 5.07 |
Al respecto:
*Los valores se expresan en Soles por Galón.
*LS=Límite Superior de la Banda.
*LI=Límite Inferior de la Banda.
*PIN 6 GGEE SEA:Petróleo Industrial 6 utilizado en generación eléctrica en sistemas eléctricos aislados.
*Las Bandas para los GGEE SEA están reflejadas en Lima.