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Establecen ciertas medidas para la reprogramación de créditos que se encuentran garantizados bajo el programa Reactiva Perú.

El día 22 de abril de 2021 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto de Urgencia No. 039-2021 (en adelante, el “Decreto de Urgencia”) que establece ciertas medidas para la reprogramación de créditos que se encuentran garantizados bajo el programa Reactiva Perú.

Se debe recordar que mediante el Decreto de Urgencia No. 026-2021 aprobado el 5 de marzo de 2021, se facultó de manera excepcional la reprogramación de los créditos garantizados bajo Reactiva Perú hasta por la suma de 16 mil millones de Soles, con el objeto de brindar facilidades de pago a los beneficiarios del referido Programa que cuenten con créditos de hasta 5 millones de Soles y, en ciertos casos, registren adicionalmente una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 10% o 20% en el cuarto trimestre del año 2020, con relación a similar período del año anterior.

En este sentido, con la finalidad de preservar el empleo y nivel de actividad económica de empresas de mayor tamaño que participaron en Reactiva Perú, que también han sido afectadas por la reapertura tardía de sus actividades durante el año 2020 y que tuvieron que ser restringidas por las medidas de prevención sanitaria para la protección de la salud de la población, el Decreto de Urgencia amplía los alcances del Decreto de Urgencia No. 026-2021 para incluir a las empresas con créditos mayores a 5 millones de Soles y hasta 10 millones de Soles y que hayan tenido una disminución de sus ventas en 20% o más en el IV trimestre del 2020 con relación a similar periodo del año anterior.

Para llevar ello a cabo, se modifica el Decreto de Urgencia No. 026-2021 y se faculta de manera excepcional, la reprogramación de los créditos garantizados bajo Reactiva Perú hasta por la suma de 19,500 millones (3,500 millones adicionales al Decreto de Urgencia No. 026-2021 original).

Asimismo, el Decreto de Urgencia tendrá vigencia hasta el 15 de julio de 2021, plazo que será aplicable para que las empresas del sistema financiero que otorgaron los respectivos préstamos evalúen las solicitudes de reprogramación que se presenten en el marco del Decreto de Urgencia No. 026-2021.

Se espera que en un plazo de 15 días, el Ministerio de Economía y Finanzas adecue el Reglamento Operativo de Reactiva Perú para ajustarlo a los términos del Decreto de Urgencia.

En caso tuvieran alguna consulta sobre la Ley, pueden contactarse con Andrés Kuan-Veng ([email protected]).