Mediante Resolución del Superintendente Adjunto de los Registros Públicos N°008-2021-SUNARP/SA, publicado en el Diario El Peruano el día 25 de febrero de 2021, se dispuso la Modificación de la Res. Nº 099-2020-SUNARP-SN que aprobó la expedición del Certificado Registral Inmobiliario (CRI) con firma electrónica y código de verificación, a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) a nivel nacional.
¿Cuál es la importancia de la expedición del Certificado Registral Inmobiliario con firma electrónica y código de verificación, a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea?
En el marco de las políticas de mejora continua en la prestación de los servicios registrales, se ha venido realizando un seguimiento constante a la emisión del Certificado Registral Inmobiliario (CRI) con firma electrónica, habiéndose identificado cierta cantidad de solicitudes formuladas, a través Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), cuyas partidas registrales superan las ochenta (80) hojas; motivo por el cual se han efectuado adecuaciones a los sistemas informáticos internos que, previo a las pruebas realizadas, permiten brindar dicho servicio en línea siempre que la partida registral tenga, como máximo, ciento cincuenta (150) hojas.