DECRETO SUPREMO Nº 013-2020-VIVIENDA, APRUEBAN REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO N°1365, DECRETO LEGISLATIVO QUE ESTABLECE DISPOSICIONES PARA EL DESARROLLO Y CONSOLIDACIÓN DEL CATASTRO URBANO NACIONAL
Por Decreto Supremo Nº 013-2020-VIVIENDA, publicado con fecha 02 de octubre de 2020, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha aprobado el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1365, Decreto Legislativo que establece disposiciones para el desarrollo y consolidación del Catastro Urbano Nacional (CUN):
Este reglamento está compuesto por tres (03) Títulos:
Se define al CUN (artículo 3º.1.), como:
“Es un instrumento de gestión urbana sostenible de nivel nacional que contiene información cuantitativa y cualitativa de la infraestructura urbana, edificaciones formales e informales, equipamiento urbano, mobiliario urbano y espacios públicos al interior de los centros poblados urbanos, incluyendo a los conglomerados urbanos, identificando las áreas expuestas a peligros o afectadas por una emergencia o desastre. Constituyéndose en fuente de información para la planificación y gestión urbana sostenible, permitiendo un adecuado diagnóstico de los centros poblados que conforman el Sistema Nacional de Centros Poblados – SINCEP y la gestión de riesgo de desastres.
Los catastros urbanos locales producidos por las entidades generadoras de catastro, u otro tipo de información territorial generado por otras entidades públicas, privadas o mixtas sirven como fuente primaria de información para el CUN”.
Las características del CUN (artículo 4º) son:
Las componentes del CUN (artículo 10º) son:
En relación con el Catastro de Daños, la información contenida en el CUN constituye información de base de las unidades catastrales existentes como suministro para las acciones que correspondan sobre la GRD.