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Decreto Supremo N° 155-2020-EF

ALERTA TRIBUTARIA: SE REGLAMENTA EL RÉGIMEN DE APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS ADMINISTRADAS POR LA SUNAT

Mediante el Decreto Supremo N° 155-2020-EF, publicado el 23 de junio de 2020 y vigente desde el 24 de junio de 2020, se ha aprobado el Reglamento del Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (en adelante, RAF) de las deudas tributarias administradas por la SUNAT regulado por el Decreto Legislativo N° 1487.

A continuación se mencionan las regulaciones más resaltantes del RAF:

  1. Se amplía hasta el 30 de septiembre de 2020 el plazo para la presentación de la solicitud de acogimiento al RAF. Anteriormente, el Decreto Legislativo había señalado que la fecha límite era el 31 de agosto de 2020.
  2. Se regula el cálculo de la cuota mensual a pagar.
  3. Se precisa que, en el fraccionamiento, el número mínimo de cuotas son dos.
  4. Se reconocen pagos anticipados de las cuotas de fraccionamiento. Sin embargo, en caso SUNAT emita una resolución denegatoria, el pago se imputa a la deuda tributaria incluida en la solicitud de acogimiento al RAF, de acuerdo con el Código Tributario.

Cabe precisar que aún no se publica la Resolución de Superintendencia a efectos de presentar la solicitud de acogimiento.