En la página web del Ministerio del Interior se ha publicado un comunicado en el que establecen disposiciones referidas al otorgamiento del “Pase Laboral”, que autoriza el libre tránsito de los trabajadores que prestan servicios en actividades esenciales.
Específicamente, se detalla lo siguiente:
Renovación de pase |
Los trabajadores dedicados a actividades esenciales, que deban movilizarse durante la cuarentena, deberán tramitar el nuevo “Pase Personal Laboral” (PPL) vía online. Este pase reemplazará los “Pases Especiales de Tránsito”, que tendrán vigencia solo hasta el martes 31 de marzo.
|
Enlace para tramitar el PPL
|
Ya se encuentra disponible el enlace (http://www.gob.pe/paselaboral) mediante el cual se puede solicitar el referido PPL.
Se indica que la información que deberá ser llenada servirá como filtro para identificar y sancionar a aquellos que realicen el trámite sin estar comprendidos en las categorías de trabajadores esenciales.
|
Nuevos datos adicionales requeridos |
(i) RUC de la empresa. (ii) Dirección de correo electrónico institucional de sus superiores. (iii) Horario de trabajo. (iv) Trayecto desde el domicilio al centro de labores. (v) Otros que se disponga posteriormente.
Las personas dedicadas al cuidado de adultos mayores, niños o personas en estado de vulnerabilidad, deberán consignar también los datos del empleador para la verificación correspondiente.
|
Operativos y visitas aleatorias de control |
– Los miembros de la Policía Nacional del Perú realizarán operativos y visitas aleatorias de control. De comprobar que las personas brindaron información falsa no solo anularán el pase, se procederá también a denunciarlos penalmente por el delito contra la fe pública.
– Se exhorta a la ciudadanía a no tramitar el PPL si no se encuentran dentro de las categorías reguladas.
|
Obligaciones del personal que cuente con un PPL
|
– Renovarlo cada 48 horas. – Portar el PPL de manera impresa o como captura de pantalla en su teléfono celular. – Presentar su documento de identidad. – Portar su fotocheck de la entidad o empresa
Estos documentos deberán ser mostrados obligatoriamente a requerimiento de los miembros de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas.
|
Restricción para personal infractor y detenido |
Los números de documento de identidad de las personas incluidas el “Registro Informático de Infractores de las medidas de restricción” (e incluso los más de 20 mil detenidos antes de la vigencia de este) han quedado inhabilitados para tramitar el PPL.
|
Actividades en las que el personal puede movilizarse durante las 24 horas
|
– Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas. – Servicios Públicos Esenciales de Agua, Saneamiento, Energía Eléctrica, Gas, Hidrocarburos, Limpieza y Recojo de Residuos Sólidos. – Servicios de Telecomunicaciones. – Servicios Funerarios. – Servicios de Transporte de Carga, Mercancías y Actividades Conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones. – Personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos. – Personal del Sector Público que atiende labores relacionadas con la emergencia. – Personal de serenazgo y fiscalización de los Gobiernos locales. – Personal de Medios de Comunicación y distribución de diarios y revistas. – Servicio de traslado de Choferes de Servicio Urbano Masivo.
|
Actividades en las que el personal puede movilizarse durante el horario de aislamiento social obligatorio
|
– Servicios de Transporte de Carga, Mercancías y Actividades Conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones. – Personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos. – Personal del Sector Público que atiende labores relacionadas con la emergencia. – Personal de serenazgo y fiscalización de los Gobiernos locales. – Personal de Medios de Comunicación y distribución de diarios y revistas. – Servicio de traslado de Choferes de Servicio Urbano Masivo.
|