El día 14 de abril de 2020 se publicó en el diario oficial “El Peruano” la Circular No. 0016-2020-BCRP (en adelante, la “Circular”) mediante la cual el Banco Central de Reserva (en adelante, “BCRP”) emitió disposiciones modificatorias relacionadas con las operaciones de reporte de valores a cambio de moneda nacional (en adelante, las “Operaciones”) con la finalidad de otorgarle mayor liquidez al sistema financiero peruano para afrontar los perjuicios que vienen siendo generados por la propagación del COVID-19.
Al respecto, vale recordar que, sujeto a las condiciones indicadas en la Circular, podrán participar en las Operaciones: empresas bancarias, empresas financieras, cajas municipales de ahorro y crédito, cajas municipales de crédito popular, cajas rurales de ahorro y crédito, el Banco Agropecuario y otras instituciones financieras que determine el BCRP (en adelante, las “EP”).
Las principales modificaciones al régimen de las Operaciones son las siguientes: