El día 19 de diciembre, se publicó en el diario oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo N° 031-2020-EM mediante el cual, se establece que para efectos de la aplicación del artículo 99 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Supremo N° 009-93-EM), el Comité de Operación Económica del Sistema (“COES”) presenta al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante “OSINERGMIN”), dentro de un plazo máximo de treinta (30) días hábiles contado a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo, la propuesta de modificación de los procedimientos técnicos relacionados con:
Al respecto, se dispone que OSINERGMIN aprueba los procedimientos técnicos, dentro de un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles, contado desde la recepción de las propuestas del COES.