Mediante Resolución Ministerial N° 009-2022-MINSA, publicada el día 14 de enero de 2022, se aprobó la modificación de la NTS N° 178-MINSA/DGIESP-2021, Norma Técnica de Salud para la Prevención y Control de la Covid-19 en el Perú, aprobada por Resolución Ministerial N° 1218-2021/MINSA, conforme al siguiente detalle:
– Ámbito de aplicación: Se añade que la norma resulta aplicable a todas las personas naturales y jurídicas del sector público o privado. – Detección de infección asintomática de Covid-19: Solamente se acredita mediante un resultado positivo de prueba molecular para SARS-CoV-2 o que presente prueba antigénica positiva. Se elimina la prueba serológica reactiva para infección por SARS-CoV-2. – Distanciamiento físico: La distancia mínima es de 1 metro y de 1.5 metros en situaciones donde no se asegura el uso permanente de mascarillas, como en comedores. – Medidas no recomendables: No se recomienda el uso de otras medidas como desinfección de calles o plazas, desinfección de superficies o espacios comunitarios (con pulverizadores electrostáticos, nebulizadores, rociadores, vaporizadores o limpiadores de aire electrónicos), pediluvios y toma de temperatura o saturación de oxígeno, porque no han demostrado eficacia o no son de costo efectivas.