Modifican el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo
A través del Decreto Supremo N° 014-2021-TR se han modificado diversos artículos del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo. Entre los principales cambios destacan los siguientes:
– Las sanciones por infracciones a la labor inspectiva, previstas en los numerales 46.6 y 46.10 del artículo 46° del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, tendrán una reducción del 90% siempre que el sujeto inspeccionado subsane todas las infracciones o cuando no se adviertan infracciones.
Cabe indicar que las infracciones aplicables son el abandono o inasistencia a las diligencias inspectivas (numeral 46.6) y la inasistencia del sujeto inspeccionado ante un requerimiento de comparecencia (numeral 46.10).
– Modifican la tipificación de las siguientes infracciones:
