• Oficina Lima
    Av. Dos de Mayo 1321
    San Isidro, Lima - Perú
    (511) 208 - 3000
  • Oficina Cajamarca
    Jr. Santa Ana N° 129
    Cajamarca - Perú
    (+51) 993 513 317
Idioma Español
Ingles
Idioma Español
Ingles

Alertas jurídicas

Area:

Regresar

Manejo ambulatorio de personas afectadas por COVID 19 en Perú

Mediante Resolución Ministerial N° 010-2022-MINSA, publicada en la edición extraordinaria del día 13 de enero de 2022, se aprobó la modificación del Documento Técnico: Manejo ambulatorio de personas afectadas por la Covid-19 en el Perú, aprobado por la Resolución Ministerial N° 834-2021/MINSA, conforme al siguiente detalle:– Aislamiento en el ámbito comunitario:  Aplica para las personas consideradas como caso sospechoso, probable o confirmado de COVID1-19 y que no requiera hospitalización. Se restringe el desplazamiento fuera de la vivienda o el centro de aislamiento por un lapso de 14 días, contados a partir del inicio de síntomas. En los pacientes asintomáticos el aislamiento se mantiene hasta 14 días trascurridos desde la fecha que se tomó la muestra para diagnóstico. Para el caso de Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao, así como aquellos lugares con predominio de variantes de baja virulencia determinados por la Autoridad Nacional de Servicio de Salud, a través de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, a los pacientes sintomáticos se les restringe el desplazamiento fuera de su vivienda o centro de aislamiento por un lapso de 10 días, contados de la fecha de inicio de síntomas. En los pacientes asintomáticos, el aislamiento se mantiene hasta 10 días trascurridos desde la fecha que se tomó la muestra para PCR o prueba de detección de antígeno para diagnóstico.– Cuarentena:  Aplica a las personas expuestas a un casos sospechoso, probable o confirmado de Covid-19 durante un lapso de 14 días desde su exposición, independientemente del resultado de las pruebas de laboratorio. Para el caso de Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao, así como aquellos lugares con predominio de variantes de baja virulencia determinados por la Autoridad Nacional de Servicio de Salud, a través de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, se les restringe el desplazamiento fuera de su vivienda por un lapso de 10 días, contados a partir del último día de su exposición con el caso. Sin embargo, podría acostarse a 7 días si hay prueba molecular negativa realizada a partir del día 5 posterior al último día de contacto.– Rol de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública:  Se encarga de determinar el tiempo de aislamiento para aquellos lugares con predominio de variantes de preocupación de baja virulencia, de acuerdo con la información proporcionada por el Instituto Nacional de Salud y el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades.