Se ha aprobado el Reglamento del Sistema Nacional de Información Ambiental – SINIA mediante el cual se establecen criterios y procedimientos homogéneos en la articulación, incorporación, procesamiento y difusión de la información ambiental que generen o posean las entidades públicas, con la finalidad de facilitar su libre acceso, en armonía con lo dispuesto en lo establecido en el artículo 35 de la Ley General del Ambiente, No. 28611, por la que se precisa que el SINIA constituye una red de integración tecnológica, institucional y técnica para facilitar la sistematización, acceso y distribución de la información ambiental, así como el uso e intercambio de información para los procesos de toma de decisiones y de la gestión ambiental.
El Reglamento del SINIA ha sido aprobado por Decreto Supremo No. 034-2021-MINAM, publicado hoy en el diario oficial El Peruano y entre sus disposiciones cabe resaltar las siguientes:
- Es considerada como “información ambiental” a cualquier información escrita, visual o en forma de base de datos, que generan o posean las entidades de la administración pública en materia de agua, aire, suelo, flora, fauna y recursos naturales en general, así como sobre las actividades o medidas que les afectan o puedan afectarlos.
- En ese sentido, el SINIA incorporará información ambiental estadística, documental y georreferenciada, así como la información ambiental resultante de las actividades científicas, técnicas y de monitoreo de la calidad del ambiente y de sus componentes, así como otras de interés ambiental que las entidades de la administración pública posean.
- El acceso y uso de la información ambiental contenida en la plataforma digital del SINIA se realizará a través de un portal web, creado y administrado por el MINAM, y será de acceso libre y gratuito.
- Las entidades privadas pueden solicitar al MINAM la incorporación de la información ambiental de interés público que posean o generan a la plataforma digital del SINIA.
- Asimismo, el MINAM puede establecer mecanismos de articulación con el sector privado para el diseño, recolección, análisis y difusión de la información ambiental.
- El MINAM elabora el Informe Nacional sobre el Estado del Ambiente (INEA) cada cinco (05) años, empleando la información ambiental contenida en la plataforma digital del SINIA y aquella que es solicitada a las entidades de la administración pública.