El 3 de julio de 2021, se publicaron en el diario oficial «El Peruano» las siguientes normas relevantes en el sector de energía:
1. Aprueban costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de abril de 2021 (Resolución de Gerencia de Regulación de Tarifas No. 049-2021-OS/GRT)
La Resolución bajo comentario aprueba los costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de abril de 2021, de acuerdo con lo siguiente:
Empresa |
Monto total (Soles) |
Adinelsa |
25 683,14 |
Chavimochic |
5 439,52 |
Coelvisac |
4 480,45 |
Eilhicha |
12 565,04 |
Electro Dunas |
16 368,33 |
Electro Oriente |
226 692,90 |
Electro Pangoa |
2 568,16 |
Electro Puno |
92 023,96 |
Electro Sur Este |
195 483,52 |
Electro Tocache |
5 090,24 |
Electro Ucayali |
25 925,79 |
Electrocentro |
193 337,11 |
Electronoroeste |
41 843,96 |
Electronorte |
109 987,56 |
Electrosur |
10 497,16 |
Emsemsa |
3 742,93 |
Emseusac |
5 445,20 |
Enel Distribución Perú |
26 374,62 |
Hidrandina |
337 740,28 |
Luz del Sur |
19 049,21 |
Seal |
24 825,36 |
Sersa |
4 017,30 |
TOTAL |
1 389 181,74 |
2. Sustituyen cuadro consignado en el art. 1 de la Res. N° 080-2021-OS/CD, que aprobó los “Porcentajes para Determinar el Costo Anual Estándar de Operación y Mantenimiento de Instalaciones de Transmisión”, aplicables al período entre el 01 de mayo de 2021 y el 30 de abril de 2027 (Resolución de Consejo Directivo No. 163-2021-OS/CD)
Mediante la presente Resolución se sustituye el cuadro consignado en al artículo 1 de la Resolución N° 080-2021-OS/CD, que aprobó los “Porcentajes para Determinar el Costo Anual Estándar de Operación y Mantenimiento de Instalaciones de Transmisión”, aplicables al período comprendido entre el 01 de mayo de 2021 y el 30 de abril de 2027, por el siguiente cuadro:
Código |
Para instalaciones |
Porcentaje respecto de costo de inversión |
|
Ubicadas en: |
Nivel de Tensión (**) |
||
COMAT |
Costa |
Igual o mayor que 138 kV |
3,36% |
COAT |
Mayor que 30 kV y menor que 138 kV |
2,83% |
|
COMT |
Mayor que 1 kV y menor o igual que 30 kV (*) |
4,49% |
|
SIMAT |
Sierra |
Igual o mayor que 138 kV |
3,40% |
SIAT |
Mayor que 30 kV y menor que 138 kV |
3,51% |
|
SIMT |
Mayor que 1 kV y menor o igual que 30 kV (*) |
4,86% |
|
SEMAT |
Selva |
Igual o mayor que 138 kV |
3,49% |
SEAT |
Mayor que 30 kV y menor que 138 kV |
3,54% |
|
SEMT |
Mayor que 1 kV y menor o igual que 30 kV (*) |
4,65% |
(*) Aplicable solo para celdas de Alimentadores de Media Tensión, ubicadas dentro de las subestaciones del sistema de transmisión.
(**) Para el caso de transformadores se debe aplicar el factor correspondiente al nivel de tensión del lado primario.https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/ o de encontrarse habilitada la mesa de partes física, en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected]. La recepción de los comentarios estará a cargo de la Sra. Carmen Ruby Gushiken Teruya. Sólo se analizarán los comentarios recibidos hasta las 05:30 p.m. del último día del plazo, en cualquiera de los medios antes indicados.
La presente Resolución dispone la publicación, en el portal de internet de Osinergmin, del proyecto de resolución mediante el cual se aprueba la modificación del Procedimiento Técnico del COES No. 7 “Determinación de los Costos Marginales de Corto Plazo” (PR-07), aprobado con Resolución de Consejo Directivo No. 179-2017-OS/CD, con la finalidad adecuar los insumos de entrada al preprocesador, metodologías más robustas, clarificación de determinados temas, reordenamiento de los distintos productos, entre otros. La Resolución bajo comentario otorga un plazo de 20 días calendario, sin lugar a prórroga, a fin de que las personas interesadas remitan sus opiniones y sugerencias, sobre el referido Proyecto, a la Gerencia de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN, vía la ventanilla electrónica: