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Alerta Energía – Norma relevante en el sector de energía

El martes 7 de septiembre (Edición Extraordinaria) se publicó en el diario oficial «El Peruano» la siguiente norma relevante en el sector de energía:

1. Disponen la publicación de la Banda de Precios y fijan el Margen Comercial para el Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado (Resolución de Gerencia de Regulación de Tarifas No. 066-2021-OS/GRT)

La Resolución bajo comentario dispone la publicación de la Banda de Precios para el Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado (GLP-E), en aplicación del artículo 2 del Decreto Supremo No. 023-2021-EM, según lo siguiente:

Productos

LS

LI

GLP-E

1,95

1,89 

Notas:1. Los valores se expresan en Soles por kilogramo.2. LS = Límite Superior de la Banda.3. LI = Límite Inferior de la Banda.4. GLP-E: De acuerdo al artículo 2 del Decreto Supremo No. 023-2021-EM, la Banda del GLP-E solo será aplicable al Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado. Asimismo, la referida Resolución fija el Margen Comercial para el Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado (GLP-E), de acuerdo a lo siguiente:

 

Producto

Margen Comercial

(Soles por kilogramo)

GLP-E

0,07

El Margen Comercial y la Banda de Precios aprobados estarán vigentes a partir del martes 7 de septiembre de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2021.