• Oficina Lima
    Av. Dos de Mayo 1321
    San Isidro, Lima - Perú
    (511) 208 - 3000
  • Oficina Cajamarca
    Jr. Santa Ana N° 129
    Cajamarca - Perú
    (+51) 993 513 317
Idioma Español
Ingles
Idioma Español
Ingles

Alertas jurídicas

Area:

Regresar

Fijan Banda de Precios para el Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado

El jueves 30 de septiembre se publicó en el diario oficial «El Peruano» la siguiente norma relevante en el sector de energía: 1. Fijan Banda de Precios para el Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado (GLP E), así como el Margen Comercial (Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas No. 071-2021-OS/GRT) La Resolución bajo comentario dispone la publicación de la Banda de Precios para el Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado (GLP-E), en aplicación del artículo 2 del Decreto Supremo No. 023-2021-EM, según lo siguiente:                                                            Notas: 1. Los valores se expresan en Soles por kilogramo.2. LS = Límite Superior de la Banda.3. LI = Límite Inferior de la Banda.4. GLP-E: De acuerdo al artículo 2 del Decreto Supremo No. 023-2021-EM, la Banda del GLP-E solo será aplicable al Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado. Asimismo, la referida Resolución fija el Margen Comercial para el Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado (GLP-E), de acuerdo con lo señalado en el Cuadro No. 4 del Informe Técnico No. 617-2021-GRT. El Margen Comercial y la Banda de Precios aprobados estarán vigentes a partir del viernes 01 de octubre 2021 hasta el jueves 28 de octubre de 2021.